Amparan a una comunidad de Malinaltepec contra concesiones mineras; impugna el gobierno federal
*Piden indígenas a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que atraiga el expediente y analice la inconstitucionalidad de la Ley Minera. Están en riesgo los manantiales de agua que nacen en la parte alta de La Montaña, advierten. 17 pueblos han presentado actas de rechazo a esa actividad en el Registro Agrario Nacional pero no se las aceptan, denuncian
El Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan, autoridades agrarias y municipales de San Miguel del Progreso-Juba Wajiín informaron que en “un hecho insólito” en febrero, un juez federal otorgó un amparo a esa comunidad indígena me’phaa de Malinaltepec. Considerando bases constitucionales y estándares internacionales ordenó la nulidad, cancelación, suspensión o insubsistencia de las tres concesiones que la Secretaría de Economía otorgó a las empresas Minera Hochschild, Montero Minas y Vendome por hasta 50 años.
Sin embargo, denunciaron que el gobierno federal pretende revertirlo y el 13 de marzo impugnó presentando un recurso se revisión alegando que es extemporáneo, ilegal y excesivo, el miércoles en un oficio al ministro Jorge Pardo Rebolledo pidieron formalmente que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atraiga el expediente, se avoque a resolver en definitiva, analice profundamente la inconstitucionalidad de la Ley Minera y finalmente cancele las concesiones.
El director y los abogados de Tlachinollan, Abel Barrera Hernández, Armando Campos, Maribel González Pedro e Isidoro Vicario Aguilar, el presidente del Comisariado de Bienes Comunales Agapito Cantú Manuel, el comisario municipal Gonzalo Hilario Gálvez, el presidente de Control de Vigilancia Alfredo Santiago Amado y el presidente del Comité de Ordenamiento Territorial Artemio Flores Solano participaron ayer en una conferencia en el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez de la ciudad de México.
En su intervención, Cantú Manuel reiteró el rechazo total a las concesiones aprobadas a sus espaldas porque no fueron consultados como lo estipula el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Organización de las Naciones Unidas (ONU), además de que quieren proteger no sólo a su pueblo, sino a toda la población guerrerense, las futuras generaciones y los pueblos de otros estados que protegen sus tierras.
Recordó que el 17 de abril del 2011 la asamblea aprobó el rechazo a la exploración y explotación de recursos minerales, que en 2013 se enteraron de las concesiones mediante solicitudes de información por lo que el 15 de julio del año pasado interpusieron un amparo ante el Juez Primero de Distrito del estado -contra los títulos de concesión 232560 Reducción Norte de Corazón Tinieblas y Corazón de Tinieblas con título 237861-, que el expediente -con número 1131/2013- fue remitido al juez tercero auxiliar con sede en Acapulco quien el 6 de febrero de este año resolvió y finalmente el 12 de febrero les notificó que fueron violados sus derechos como grupos originarios.
El abogado Isidoro Vicario destacó que el juez incorporó estándares internacionales como el Convenio 169, recomendaciones internacionales y jurisprudencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y que invocó el protocolo de la SCJN para las comunidades indígenas porque el Estado no tiene facultad para decir quién es indígena, sino la comunidad o la persona.
Sin embargo, la abogada Maribel González recordó que en la demanda de amparo la comunidad indígena solicitó también que se declaren inconstitucionales e inconvencionales los artículos 6, 10, 15 y 19 fracción IV de la Ley Minera.
Expuso que el juez no analizó de manera exhaustiva la constitucionalidad y no se pronunció al respecto, por lo que insistirán que estos artículos contravienen los estándares internacionales y determinan que la actividad minera es preferente sobre otras.
Extemporáneo, excesivo e ilegal que el juez ordenara el retiro
de las concesiones, dice la Secretaría de Economía
La abogada pidió que la SCJN conozca y resuelva este asunto tan importante para las comunidades indígenas agrarias del país porque la Secretaría de Economía en representación del presidente de la República, Enrique Peña Nieto interpuso un recurso de revisión porque dice que “la demanda de San Miguel del Progreso fue extemporánea” que al presentarla ya había vencido el plazo de la Ley de Amparo.
“Toman en cuenta a partir de los rumores, la fecha a partir de que la comunidad indígena empieza a conocer de los rumores, pero la Ley es clara, cuando se tiene conocimiento cierto de los hechos, estos conocimientos ciertos de que efectivamente había concesiones mineras sobre su territorio se dio a partir del 25 de junio de 2013, la demanda se presenta el 15 de julio de 2013, en tiempo y forma”, sostuvo.
Agregó que la Secretaría afirma que la sentencia es ilegal, que no es comunidad indígena “sólo si acaso le aplica los derechos en materia agraria”, pero insistió en que la demanda se presentó como comunidad agraria indígena firmada por el comisariado, la representación agraria y el Consejo de Principales.
Dijo que el gobierno argumenta que no acreditaron tener sitios sagrados ni identidad indígena, que al Estado le pertenecen todos los recursos naturales, que la comunidad no tiene interés legítimo para promover el amparo, que no habrá ninguna afectación al territorio, pero destacó que la ley determina que el solo hecho de poner en peligro el territorio basta para que la comunidad acuda a las autoridades para impedirlo.
Afirmó que el juez ordenó en la sentencia que se determine la nulidad, la cancelación, suspensión o insubsistencia de los derechos de las concesiones por la violación al derecho a la consulta de los pueblos, pero la Secretaría de Economía dice que “es algo excesivo” que sólo se puede hacer por un proceso administrativo.
La abogada insistió en que es muy importante que la SCJN tome el asunto y en una oportunidad histórica determine la inconstitucionalidad de la Ley Minera, que una interpretación constitucional suya podría precisar los alcances del derecho de la consulta, el derecho a la auto adscripción, el interés legítimo, las obligaciones de tutela jurisdiccional para la protección de los derechos indígenas, y el derecho a la tierra y territorio en relación a actividades económicas.
“Todavía no se ha cancelado la concesión a la minera pero hay una suspensión de plano, que eso impide a la empresa a explorar o explotar” destacó y dijo que continuará vigente hasta que no se resuelva.
Los abogados precisaron que tras enterarse de la impugnación del gobierno federal también interpusieron un recurso de revisión admitido el martes para que se analice la Ley Minera, pero hasta ayer el expediente con número 167/2014 estaba en el Segundo Tribunal Colegiado en Material Penal y Administrativas con sede en Acapulco.
Las tres concesiones afectan al 84 por ciento de la comunidad indígena
Armando Campos explicó que el núcleo agrario de San Miguel del Progreso-Juba Wajiín posee unas 4 mil 465 hectáreas, que La Montaña tiene un total de 700 mil hectáreas pero una tercera parte, más de 200 mil, están otorgadas a mineras en su mayoría trasnacionales donde el 70 por ciento de las concesiones están vigentes y el resto canceladas.
Detalló que en esta zona se encuentran las tres concesiones “más grandes y con el estatus vigente”, una denominada Corazón de Tinieblas con 43 mil 700 hectáreas con título 237861 propiedad de la Minera Hochschild y que afecta directamente al 84 por ciento del territorio de San Miguel del Progreso, es decir 3 mil 700 hectáreas; la concesión Toro Rojo otorgada a la empresa de nombre Montero Minas en 2003 -por poco más de 9 mil hectáreas-; y otra concesión de 16 mil hectáreas denominada La Diana, propiedad de la minera canadiense Vendome. Las tres suman 69 mil 714 hectáreas en la parte más alta de La Montaña.
“Eso vuelve una preocupación enorme para este pueblo, los cuales han conocido experiencias de explotación a cielo abierto y por los daños, la magnitud de daño que generan este tipo de proyectos extractivos pues no desean ver reflejados estos daños en su territorio con tantos bienes naturales que aún conservan”, expresó.
El comisario municipal expuso que San Miguel del Progreso funciona con base en las consultas al pueblo me’phaa, que ellos cuidan su territorio y sus recursos naturales, por lo que pidió que las autoridades no permitan que los sigan oprimiendo de esta manera.
En me’phaa y con la traducción uno de los abogados, el presidente del Control de Vigilancia explicó la estructura comunitaria y las asambleas para convocar al pueblo. Pidió que el gobierno no destruya las tierras sagradas en las que viven y de las que dependen, porque las mineras provocarán la muerte de animales y personas.
El presidente del Comité de Ordenamiento Territorial habló de las riquezas naturales, los manantiales de agua que nacen en la parte alta de La Montaña que consumen y abastecen a todo el estado hasta llegar al mar, que dependen de la producción cafetalera, y coincidió en que levantaron la voz porque las mineras son una amenaza para sus tierras y su forma de vida.
En conjunto recordaron que desde el 2009 diferentes mineras comenzaron los primeros intentos de convencimiento para que las autoridades agrarias firmaran convenios, por lo que conformaron el Consejo de Autoridades Agrarias en Defensa del Territorio hace unos dos años para informar y levantar actas de rechazo, por lo que hasta ayer había unos 17 pueblos con actas de asamblea que han sido presentadas en el Registro Agrario Nacional pero rechazadas con pretextos por una “línea política” del gobierno federal de no reconocer el rechazo.
Agapito Cantú, integrante también del consejo que incluye a unas 40 autoridades agrarias y municipales, dijo que hace unos días presentaron oficios a Peña Nieto, diputados federales y senadores para denunciar los hechos e insistir en que no permitirán el despojo, que continuarán buscando la cancelación para defender las riquezas naturales y su vida diaria, porque no buscan beneficio económico y “lo que determina la asamblea general es la máxima autoridad para nosotros”. (Redacción).




