Periódico con noticias de Acapulco y Guerrero

José Gilberto Garza Grimaldo

Se les pasó el tren electoral

El pasado viernes 18 de enero, durante la clausura del diplomado Pueblos indígenas, sus derechos y medios de defensa, varios periodistas me preguntaron sobre la viabilidad constitucional sobre una posible reforma electoral en Guerrero; mi respuesta fue que ya no es posible.

En esta entrega quiero argumentar jurídicamente esa respuesta.

1. En el Diario Oficial de la Federación del 31 de diciembre de 1994, se publicaron diversas y sustanciales reformas al artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, todas referentes a la defensa de la misma, mediante la controversia constitucional y acción de inconstitucionalidad; innovaciones que se vieron enriquecidas con otra reforma en 1996.

2. En el segundo y tercer párrafo de la fracción II del artículo 105 constitucional se establece:

“La única vía para plantear la no conformidad de las leyes electorales a la Constitución es la prevista en este artículo”.

“Las leyes electorales federales y locales deberán promulgarse y publicarse por lo menos noventa días antes de que se inicie el proceso electoral en que vayan a aplicarse, y durante el mismo no podrá haber modificaciones legales fundamentales”.

3. El artículo 144 del Código electoral en Guerrero, dispone que:

“El proceso electoral ordinario, se inicia en el mes de abril del año en que se deban realizarse elecciones locales y concluye en el mes de diciembre del mismo año, cuando se trate de elección de Ayuntamientos y de diputados”.

4. Como se deduce, si la Constitución federal dispone que las leyes electorales deberán promulgarse y publicarse por lo menos noventa días antes de que inicie el proceso electoral y éste inicia en Guerrero en el mes de abril, la fecha límite para haberse llevado la citada reforma electoral era en el último día de diciembre del año pasado.

5. Los partidos políticos y demás actores no deberán confundir a la opinión pública, sosteniendo equivocadamente que todavía estamos en tiempos de llevar a cabo una reforma electoral.

Algunos de esos actores políticos que sostienen que todavía es posible llevarla a cabo, se basan en que el artículo 144 del Código Electoral de Guerrero no señala qué día del mes de abril se inicia.

Querer “flexibilizar mediante la interpretación partidista” lo dispuesto por el artículo 105 Constitucional, es hacer a un lado irónicamente el aspecto teleológico del artículo en comento.

Hay estados de la República como el de México, que dispone que toda reforma electoral en esa entidad debe llevarse a cabo un año anterior al proceso electoral; en esta entidad se amplía el aspecto teleológico del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

¿Cuál es el aspecto teleológico del artículo 105 de exigir 90 días para que se promulgue y publique una reforma electoral antes de un proceso electoral?

La respuesta la da don Juventino V. Castro en su obra El artículo 105 Constitucional: “Es evidente que esta modificación  pretende instrumentar la congruencia entre oponerse a una ley electoral que se aprecia como inconstitucional, con la posibilidad real de combatirla a tiempo y eficazmente. Se señala un plazo de noventa días porque el legislador juzgó que era suficiente para precisar las inconstitucionalidades, y al propio tiempo no impide el avance político que debe estar implícito en las nuevas leyes para modernizar el proceso electoral político para arribar a la democracia representativa en justicia”.

6. Los partidos y demás actores políticos deben estar concientes de que se les pasó el tren, es decir, el tiempo constitucional para llevar a cabo la reforma electoral.

Llevarla a cabo fuera de este criterio constitucional, traería aparejada la falta de seguridad jurídica en el proceso electoral que se avecina; los acuerdos políticos no deben estar por encima de la Constitución; la lealtad constitucional es condición sine qua non en la consolidación de un Estado de derecho.

Empero, dentro del proceso de la reforma política debe mantenerse viva la llama democrática, no debe echarse al cesto de la basura todo lo avanzado a  través de los consensos partidistas y de la participación ciudadana; no pensemos como cangrejos ni simulemos lealtad constitucional, el pueblo está cansado de ser engañado.

Los partidos políticos y los poderes del estado prometieron al pueblo de Guerrero  llevar a cabo una reforma política y estamos en espera, aunque han pasado más de dos años.

468 ad