Periódico con noticias de Acapulco y Guerrero

Federalizar el delito de secuestro no es la solución, responde Pano

* Tampoco cree necesario que se cree un grupo especial contra los homicidios

Alfredo Mondragón *   El procurador de Justicia en el Estado, Rigoberto Pano Arciniega, señaló respecto a la propuesta de parte de los empresarios de categorizar el secuestro como delito federal, que “la simple federalización del delito no resuelve por sí mismo esta situación, sólo se aventaría la pelota para el otro lado”.

Luego de dar a conocer las cifras de asesinatos ocurridas en tres años, el procurador consideró que “no es necesario” que la procuraduría cree un departamento especializado en homicidios porque lo que se necesita “es profundizar en la profesionalización en cuanto a la investigación de nuestros elementos, es decir, no sólo de la policía judicial sino de nuestro cuerpo pericial y agentes del Ministerio Público para que hagan mejor sus indagatorias”.

Entrevistado al término de una reunión que sostuvo con empresarios el sábado por la mañana, agregó que por ello la Procuraduría ha realizado las jornadas de capacitación ministerial con la intervención de jueces y magistrados “para que nos indiquen dónde están las fallas para corregirlas y cuando haya una consignación haya una orden de aprehensión y no en una negativa”.

Con respecto al caso de la masacre del Kilómetro 30 del primero de enero del año pasado aseguró “que no está cerrado” y ante la queja de la familia Torres Palacios de que no han ejecutado las órdenes de aprehensión en contra del resto de los implicados “es porque hay muchas”. Hace tres meses, dijo, “hubo cateos a casa de uno de los implicados. No es un caso dormido, es difícil pero están (escondidos) en el estado, están vigentes las órdenes de aprehensión”.

Con respecto al “temor” de los empresarios ante la ola de secuestros, indicó que no sólo ellos están preocupados sino “también el gobierno por combatir frontalmente este fenómeno; tenemos 100 secuestradores procesados y 40 órdenes de aprehensión por ejecutar”.

Se le preguntó si el hecho de que el número de averiguaciones haya disminuido en la entidad es un reflejo de parte de la sociedad de no denunciar porque no se les da continuidad a las investigaciones. Pano Arciniega respondió que “puede ser una apreciación lógica porque en la medida de que ha habido respuesta hay interés en la ciudadanía en poner denuncia”.

– La PGJE registró mil 386 homicidios en 1998; mil 46 en el 2000 y en el 2001, 783, pero sólo se sabe de un detenido por orden de aprehensión sobre este delito que fue el caso del asesino del cónsul de Francia, ¿a qué se debe esto? –se le preguntó.

Expresó el procurador que fue “dada la calidad y reacción en los sectores tan importantes como turismo, el mismo consulado”.

–Pero en el caso de otros civiles asesinados por policías y a pesar de estar identificados no han sido detenidos.

–Seguramente porque están en la integración de las averiguaciones y no se ha hecho la consignación correspondiente y no podemos detener a nadie sin orden de aprehensión a menos de que sea delito flagrante, de otra manera obviamente se amparan.

–Es decir, ¿están fallando los jueces para librar las órdenes de aprehensión?

–No, lo que pasa no es que estén fallando, es que mientras no tengamos nosotros una indagatoria totalmente consistente no podemos consignarla porque corremos el riesgo de que se nos niegue la orden de aprehensión, y si la dicta corremos el riesgo si no está bien integrada a que un juez de distrito con un amparo nos saque a los delincuentes.

–Se menciona mucho que a veces las averiguaciones no están sustentadas, ¿el procurador ve la necesidad de crear un departamento especializado en homicidios?

–No, lo que se necesita es profundizar en la profesionalización en cuanto a la investigación de nuestros elementos, es decir, no sólo de la policía judicial sino de nuestro cuerpo pericial y agentes del Ministerio Público para que hagan mejor sus indagatorias, por ello hemos realizado jornadas de capacitación ministerial con la intervención de jueces y magistrados para que nos indiquen dónde están las fallas para corregirlas y cuando haya una consignación haya una orden de aprehensión y no en una negativa”.

468 ad