Viable, una controversia constitucional ante la Corte por la paridad de género, dice Eliana García
*El Congreso local no respetó el mandato constitucional, afirma la encargada de la Subprocuraduría de Derechos Humanos de la PGR
Daniel Velázquez
La encargada del despacho de la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad de la Procuraduría General de la República (PGR), Eliana García Laguna, dijo que la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), la Comisión Estatal de Derechos Humanos, los diputados locales o los diputados federales pueden interponer una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación porque el Congreso del Estado no respetó la paridad de género que establece la Constitución Política del país.
Eliana García impartió ayer en Acapulco la conferencia “Reforma constitucional de derechos humanos, enfoque multidisciplinario en los derechos de las víctimas”, en el auditorio de la Unidad Académica de Ciencias Sociales de la UAG, donde someramente también se refirió a la polémica que ha causado en el estado el tema de la interrupción legal del embarazo.
Dijo que la Constitución defiende los derechos de las personas, y que se entiende como personas a los nacidos.
Explicó que anteriormente la Constitución reconocía como sujetos de derechos humanos a los individuos, pero se hizo una modificación para adoptar un nombre genérico que reconociera por igual a hombres, mujeres y homosexuales, y por eso incluyó el concepto de persona que se incorporó en la reforma de derechos humanos que se hizo en 2011.
Explicó que con esa palabra se evitó una discusión ideológica y religiosa, pues “las personas son las que ya nacieron, es decir los derechos son de los que ya nacieron y aquí también resolvemos una discusión y un debate religioso, ideológico, y que en el estado de Guerrero ha estado presente, las personas son las que ya nacieron, quien no ha nacido no es persona, por lo tanto los que tienen derechos son las personas”.
“Los derechos son reconocidos porque los tenemos desde el momento en que somos personas”, dijo.
Los diputados del PRI, del PAN y del PRD que integran las comisiones unidas de Justicia, Salud y Equidad de Género del Congreso local elaboraron un dictamen en contra de la iniciativa que el gobernador Ángel Aguirre Rivero propuso para permitir la interrupción del embarazo hasta las 12 semanas de gestación.
Apenas el domingo en la madrugada, los diputados del Congreso local aprobaron las modificaciones a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales y rechazaron que las mujeres tuvieran el 50 por ciento de las candidaturas a las presidencias municipales.
Para explicar dentro de su exposición las facultades que tiene la Suprema Corte de Justicia de la Nación luego de la reforma en derechos humanos aprobada en 2011, García Laguna utilizó como ejemplo el tema de la paridad de género.
Señaló que en Guerrero “se acaba de votar una ley sobre el tema de igualdad que es contraria a la Constitución, porque la Constitución estableció la paridad en el terreno político electoral, y como esta ley es contraria a lo que dice la Constitución, entonces el organismo público de derechos humanos, o una mayoría de diputados en la Cámara federal o la Comisión Nacional de Derechos Humanos o algún organismo facultado en la propia Constitución en el artículo 105, puede ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación interponer una controversia constitucional e ir a decirle a la Suprema Corte ‘oye, los diputados y las diputadas de Guerrero están violando la Constitución en esta ley que aprobaron, entonces Suprema Corte te pido que hagas control de Constitucionalidad’ ”, que es la única facultad que tiene la Suprema Corte.
El texto constitucional publicado en marzo de este año, título segundo, capítulo I, artículo 41 fracción primera y segundo párrafo, establece que “los partidos políticos tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integracioón de los órganos de representacioón política y como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo, así como las reglas para garantizar la paridad entre los géneros, en candidaturas a legisladores federales y locales. Sólo los ciudadanos podrán formar partidos políticos y afiliarse libre e individualmente a ellos; por tanto, queda prohibida la intervención de organizaciones gremiales o con objeto social diferente en la creación de partidos y cualquier forma de afiliación corporativa”.
Durante su participación una de las asistentes le preguntó a la funcionaria federal sobre la discusión que se dio en el estado sobre la interrupción legal del embarazo y las libertades para la unión entre personas del mismo sexo, y Eliana García dijo que esos temas van en función de la correlación de fuerzas políticas.




