Pueden ser 550 los desaparecidos de la guerra sucia en Guerrero: Carrillo Prieto
* Trasciende que ayer en la mañana, la juez cuarta de distrito, María del Carmen del Razo, liberó la orden de aprehensión contra el ex judicial Isidro Galeana * No hay interés de Estado por encima de la ley en las desapariciones forzadas, considera el fiscal
Aurelio Peláez * El titular de la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp), Ignacio Carrillo Prieto, afirmó que la solicitud de orden de aprehensión por la desaparición forzada de Jacob Nájera Hernández en 1974, la primera en Guerrero, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) consideró el delito de secuestro como imprescriptible, es un punto de referencia para no considerar que “intereses de Estado” puedan estar sobre la ley, en los crímenes políticos cometidos en los años setentas.
En conferencia de prensa, luego de que este martes la Fiscalía presentó una solicitud de orden de aprehensión en contra de los responsables de la desaparición de Jacob Nájera, ocurrida el 2 de septiembre de 1974 en San Jerónimo, Carrillo Prieto admitió que es probable que la cifra de desaparecidos en Guerrero por la guerra sucia de los años setentas sea el doble de los 275 que ha estimado hasta ahora la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
En la conferencia, Carrillo Prieto eludió aceptar que el indiciado en el caso de la desaparición de Jacob Nájera sea el ex comandante de la Policía Judicial Isidro El Chiro Galeana Abarca.
Trascendió que la juez cuarta de distrito con sede en Acapulco, María del Carmen del Razo, ayer por la mañana liberó la orden de aprehensión en contra de Isidro Galeana, que deberá ser ejecutada por agentes de la Procuraduría General de la República (PGR).
Para Carrillo Prieto, la orden de aprehensión solicitada el martes ante el juzgado cuarto de distrito, es la primera después de la resolución de la Suprema Corte, que declara imprescriptible el delito de secuestro, que es la figura con la que el fiscal consignó la desaparición forzada en el caso de Jesús Piedra, que resolvió el máximo tribunal del país.
“Les quiero advertir que los hechos que ocurrieron lamentablemente hace 30 años, el 2 de septiembre de 1974 en San Jerónimo estado de Guerrero, ocurrieron hace 30 años y mis compañeros y yo nos hemos empeñado en reconstruir lo ocurrido en esos momentos en agravio de Jacob Nájera Hernández, a quien todavía hoy se le está ofendiendo”, cometiendo el delito de su desaparición.
El precedente de la Corte
El fiscal Carrillo Prieto dijo: “Me parece que es central y que esta diligencia, es decir, la consignación del pliego acusatorio que hemos venido a presentar ante la jueza cuarta de distrito, del 21 circuito judicial, doña María del Carmen Razo, dignísima funcionaria judicial, es consecuencia, por supuesto, de la resolución histórica de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”.
Agregó: “Debemos tener, desde luego esa reflexión, les ruego que la registren, porque la Suprema Corte ha sido esa Corte que desde el caso del 68, el caso de Miguel Cavallo y ahora el caso de la interpretación debida del cómputo de la prescripción, en tratándose en delito de privación de libertad en su modalidad de plagio o secuestro, esa resolución de la Corte forma sin duda, un precedente del que nadie en México, ni del mundo oficial, ni particulares, ni agentes del Ministerio Público, ni jueces, ni defensores podrán soslayar”.
Explicó: “La Corte que preside el ministro Mariano Azuela Buitrón, y la primera sala presidida por Juan Silva Meza y el proyecto que dirige el admirado maestro, el doctor Juventino Castro y Castro, con el concurso de la ministra Olga Sánchez Cordero de García Villegas y con el concurso de José de Jesús Burillo Pelayo, ministros todos de esa primera sala, con la ausencia de don Humberto Román Palacios que no acudió por motivos de enfermedad. Esa resolución señores es la que permite construir la plataforma a partir de la cual la justicia tiene que hacer su obra”.
Añadió: “Quiero comentarles que además las disposiciones que rigen la Organización de los Estados Americanos, fundamentalmente la de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos, con sede en Washington, y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en San José Costa Rica, de la OEA en que formamos parte, prohíbe tajantemente y de manera expresa poner estatutos y limitaciones a los delitos que atentan contra la vida. Esos delitos son fundamentalmente la privación ilegal de la libertad, la desaparición forzada, y por supuesto la ejecución extrajudicial”.
Agregó en ese sentido que “el Estado que ponga o interponga elementos que hagan nulatoria la sanción, la persecución penal primero, y la sanción posterior por estos ilícitos, comete una grave falta internacional. No es el caso de México, espero que nunca lo sea”.
Contó que “el derecho mexicano tiene normas que permiten incorporar el derecho internacional y así se convierten en normas nacionales, pero son normas internacionales y en este tema de derechos humanos no hay provincianismos ni universos cerrados ni fortalezas para que nadie mire, eso no existe ya. La protección de los derechos humanos es una asunto que compete y que es preocupación de la comunidad internacional como el caso que ayer consigamos”.
No hay “interés de Estado”
por encima de la ley
En la entrevista, a pregunta de si la orden de aprensión solicitada era en contra del ex comandante Isidro Galeana, el fiscal contestó que “ustedes sabrán hoy, y si comprenden no es posible que yo mencione eso. Ahora, hay testigos presenciales de los hechos, de ese mediodía del 2 de septiembre. Hay una familia que ha buscado durante 30 años justicia y que la ha visto denegada. La justicia, que se tarda mucho tiempo es justicia denegada, y su señora esposa, sus familiares, hijos, tienen todo el derecho. Ustedes recuerdan que tratándose de crimines de lessa humanidad, los familiares son víctimas del delito y ya es hora de que haya justicia, ya es hora de que en la construcción democrática del derecho se entienda que ese argumento que hay por ahí de algunos civiles, creo que algunos militares, de que los intereses del Estado… no hay ningún interés del Estado que pueda estar por encima de la legitimidad, esa es una falacia, esa es una aberración, no puede existir eso. Un interés estatal que estuviera por encima de la ley no es interés estatal es un interés de un pandilla”.
En cuanto a las desapariciones en la entidad, Carrillo Prieto dijo que “Guerrero tiene el número más grande desaparecidos, tanto en el informe de la CNDH como en el informe de nuestras propias indagaciones. En el caso de la CNDH es de 275. Nosotros sabemos que puede fácilmente duplicarse”.
De si por investigaciones por los desaparecidos se podría promover órdenes de aprehensión en contra del ex director de la Policía Judicial en el gobierno de Rubén Figueroa Figueroa, Mario Arturo Acosta Chaparro, y el ex jefe militar Francisco Humberto Quiros Hermosillo, el fiscal dijo que “ya la aprehensión no, porque ellos están ya compurgando en prisión preventiva, por algún otro proceso que se les sigue en jurisdicción militar, mediante el uso del fuero militar, no sería el caso de orden de aprehensión, sí de traslado en dado caso y eso lo decidirá el juez, sería un poco aventurado que yo pronosticara cosas que no sé cómo pueden ocurrir”.
–¿Cómo van los caso del resto de los 150 desaparecidos que maneja José Enrique González Ruiz?
–¿Quién es él? –preguntó en un tono que pareció despectivo.
–El abogado de los familiares de desaparecidos.
–Ah, sí, González Ruiz, que creo fue rector de Guerrero, ¿no? No sé si él tenga mucha información sobre esto, yo creo que el ex general Acosta Chaparro según los datos que tengo está denunciado en más de diez ocasiones.




