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Remite el IEPC la impugnación de Bruno Plácido contra la consulta en San Luis Acatlán al tribunal federal

Fernando Hernández

Chilpancingo

El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) remitió el recurso de impugnación que interpuso el dirigente de la Unión de Pueblos y Organizaciones del Estado de Guerrero (UPOEG), contra los lineamientos para desarrollar una consulta en el municipio de San Luis Acatlán en la que el pueblo decidirá si está de acuerdo en que se desarrollen elecciones por usos y costumbres, para designar a sus autoridades locales.
El lunes, Plácido Valerio impugnó los lineamientos para la consulta, que fueron aprobados el pasado 23 de junio, porque consideró que en ellos se pretende consultar únicamente a los pueblos indígenas de San Luis Acatlán y se excluye a la población mestiza.
Lo anterior podría ser objeto de impugnaciones por parte de la población mestiza o no indígena, que considere que no fue tomada en cuenta para la consulta.
“El secretario general de Acuerdos, Felipe de la Mata Pizaña, da cuenta al magistrado José Alejandro Luna Ramos, presidente de este órgano jurisdiccional, con el oficio 1140/2014 de esta fecha, recibido en la cuenta de correo electrónico [email protected] el día en que se actúa, por el cual el secretario ejecutivo del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero, informa la interposición de incidente de inejecución de sentencia y juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, promovido por Bruno Plácido Valerio y Manuel Vázquez Quintero”, se observa en los estrados del tribunal federal.
El expediente de la impugnación fue turnado al presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, José Alejandro Luna Ramos, para su análisis y dar seguimiento al juicio para la protección de los derechos políticos electorales, que interpuso Bruno Plácido.
Luna Ramos fue el ponente de una sentencia, en la que se revocó el acuerdo del entonces Instituto Electoral del Estado de Guerrero (IEEG), en el Consejo General, que decretó la inexistencia de condiciones en el municipio de San Luis Acatlán, para el desarrollo de elecciones por usos y costumbres.
Durante su intervención en la sesión del pleno de magistrados del tribunal federal, Luna Ramos expresó que el instituto “indebidamente concluyó que no se acreditaba la existencia histórica del sistema normativo interno en el municipio de San Luis Acatlán, ya que se tiene información más que abundante que demuestra todo lo contrario”.

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