Periódico con noticias de Acapulco y Guerrero

Pagan por primera vez prima de antigüedad a trabajadores de Cecyteg

Doscientos 50 trabajadores del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Guerrero (Cecyteg) recibirán a partir de octubre las prestaciones salariales que otorga la prima de antigüedad, informó el director de la institución, José Villanueva Manzanarez.

“Hoy hemos dado un paso importante en las conquistas laborales para los trabajadores del Cecyteg, al lograr que personal docente y administrativo obtenga prestaciones adicionales a su salario por el concepto de prima de antigüedad”, señaló.

Villanueva Manzanarez explicó que los trabajadores que han laborado en esta institución educativa por más de cinco años ahora podrán gozar de dichos beneficios, ya que en el Cecyteg existen trabajadores que han prestado sus servicios por más de 11 años y no habían obtenido esta prestación.

Puntualizó que desde que existe el Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Guerrero no había sido incluida esta prestación salarial. “Hoy como resultado de las gestiones que iniciamos el año pasado ante la Dirección General de Planeación y Presupuesto de la Secretaría de Educación Pública ya se tiene una respuesta oficial en donde se nos informó que la federación aportará el 50 por ciento y el resto el gobierno del estado”.

El director general del Cecyteg añadió que con la prima de antigüedad serán beneficiados 250 empleados entre docentes, administrativos y de apoyo a la educación de este subsistema, beneficios que se han logrado debido a las gestiones e interés del Ejecutivo estatal y del titular de Educación, Daniel Pano Cruz, por ofrecer mejores condiciones laborales a todos los trabajadores del sector educativo.

Villanueva Manzanarez anunció que sin distinción alguna entre los dos sindicatos del Colegio: el Sutcecyteg y la sección 46 del SUSPEG, representados respectivamente por Margarito Godínez de Dios y Fidel Carachure Giles, la prima de antigüedad se entregará a partir de octubre, retroactiva a enero del año en curso, a todo aquel trabajador que por ley le corresponda.

468 ad