Periódico con noticias de Acapulco y Guerrero

No da a conocer el IEPC el calendario de la consulta en San Luis Acatlán, denuncia Bruno Plácido

El líder de la UPOEG puntualiza que además, no se les tomó en cuenta para la integración de la agenda que se habrá de seguir

 

Fernando Hernández

Chilpancingo

El dirigente de la Unión de Pueblos y Organizaciones del Estado de Guerrero (UPOEG), Bruno Plácido Valerio, denunció que el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) no le ha dado a conocer el calendario para el desarrollo de las consultas en el municipio de San Luis Acatlán, en las que los pobladores habrán de elegir si quieren elegir a sus autoridades mediante los usos y costumbres.
Plácido Valerio puntualizó que además el IEPC no los tomó en cuenta para la integración de la agenda que se habrá de seguir, para llevar a cabo las consultas en el municipio indígena de Costa Chica, en donde nació la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias (CRAC), de la que depende la Policía Comunitaria.
Por eso, el pasado lunes Bruno Plácido y el abogado de la UPOEG, Manuel Vázquez, presentaron un recurso de impugnación contra el calendario que fue aprobado por los consejeros electorales ante el instituto.
Es el pasado 14 de julio, los consejeros del IEPC aprobaron el acuerdo 016/SO/14-07-2014 relativo al calendario de actividades para la “realización de las consultas en la comunidad de San Luis Acatlán”.
De acuerdo con un comunicado de prensa, que fue publicado en la página de internet del organismo electoral, las consultas fueron programadas para desarrollarse, “de agosto a octubre del presente año” pero no se precisan las fechas con exactitud.
Bruno Plácido dijo desconocer las fechas que el IEPC consideró para el desarrollo de las consultas, y reclamó que para la elaboración de la consulta en el municipios se les debió tomar en cuenta.
En la impugnación, que fue presentada el lunes, se exige a las autoridades electorales que envíen el recurso a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Trife).
En uno de los puntos del recurso interpuesto, se solicita al tribunal federal que se use el libro Elementos para la caracterización del sistema electoral consuetudinario en Oaxaca, de la autoría de Fernando Ramírez Barrios, “por contener los elementos fundamentales que caracterizan a uno y otro sistema (de partidos y de usos y costumbres) y por ser lo que tiene que optar toda la población del municipio del estado de Guerrero”.
En el quinto punto, se pide al tribunal que el instituto deje en claro las preguntas que se le van a hacer a las personas que asistan a las consultas, además de que deben clarificar las diferencias y similitudes entre el sistema de partidos, que rige en la actualidad la vida democrática, y el de los usos y costumbres, que ancestralmente se ha utilizado en las comunidades indígenas.
Plácido Valerio indicó que en el proceder los consejeros, que son los responsables del desarrollo de las consultas en el municipio de San Luis Acatlán, sigue habiendo “irregularidades” y le están apostando a ganar tiempo, para que en el municipio indígena no se lleven a cabo elecciones por la vía de los usos y las costumbres.
El derecho a la consulta está garantizado en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo para Pueblos Indígenas y Tribales en Países Libres, y en este sentido, Plácido Valerio mencionó que la UPOEG ha desplegado una serie de reuniones en el municipio de San Luis Acatlán, para informar a los pueblos en torno a las diferencias entre el sistema de partidos y las elecciones por usos y costumbres.
Fue el pasado 7 de julio, cuando fueron impugnados los lineamientos porque en éstos sólo se considera consultar a la población indígena de San Luis Acatlán y se deja fuera a la población mestiza, situación que podría ser objeto de impugnaciones por parte de quienes sientan que fueron excluidos, mencionó en su momento Plácido Valerio.
Los consejeros que integran la comisión especial habían aprobado los lineamientos, presionados por una sentencia que emitió el Trife, después de que ellos mismos decretaron, previo análisis de dictámenes periciales antropológicos, que en el municipio de San Luis Acatlán no había condiciones para el desarrollo de elecciones por la vía de los usos y las costumbres, que la UPOEG ha venido reclamando desde marzo de 2012.

468 ad