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Niega Profepa que hubiera confusión en la clausura a la API; “no tiene MIA”: Tacuba

Karla Galarce Sosa

El delegado de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), Joel Tacuba García, respondió que el proceder legal de la dependencia federal no tuvo confusión, como lo señaló el director de la Administración Portuaria Integral (API), Octavio González Flores, quien expuso que “son malas informaciones de algunas autoridades” la clausura de la remodelación de ese lugar, que comenzó a mediados de abril pasado y que el Ayuntamiento suspendió una semana antes.
Reiteró que la API debe de presentar la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) ante la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) para realizar cualquier obra en zona federal.
Agregó, en entrevista efectuada en el Palacio Federal, que parte de los requisitos para la expedición del MIA es la autorización del Ayuntamiento, por lo que acotó que la autoridad municipal tiene injerencia en los cambios del plano urbano de la ciudad.
“El Ayuntamiento tiene facultades aún tratándose de zona federal, porque para la expedición de la MIA el promovente debe de entregar dentro del proyecto las autorizaciones municipales para que éstas queden dentro del Plan Municipal de Desarrollo Urbano”, explicó Tacuba García.
Informó que la API tenía una MIA que fue ingresada a la Semarnat en 1997, pero que feneció diez años después.
“Lo que ellos hicieron fue solicitar a Semarnat una exención para realizar la remodelación del recinto portuario. Semarnat les requirió información, como una explicación de qué ocurriría con 30 palmeras que están en la categoría de protección especial, para que con esa información se tuviera una evaluación y se determinara la necesidad de la MIA o no”, detalló el delegado federal.
Indicó que el 26 de abril pasado la Semarnat entregó la exención bajo el folio 3203, lo que significaba que la API estaba exenta de presentar el MIA para esa remodelación, sin embargo ese mismo día Semarnat México, bajo el folio 3204, les avisó que el simple aviso del inicio de la obra no era suficiente y que debido a la envergadura de la remodelación se requeriría una MIA, por lo que el documento con el que contaban ya había fenecido.
“Para la Profepa prevalece la segunda resolución, la del folio 3204, y por lo tanto se requiere de la MIA. No hay ninguna confusión de parte de Profepa, ni siquiera nos hemos sentado a platicar con ellos y si lo hiciéramos para nuestro criterio prevalece el último folio”, dijo.
Tacuba García detalló que la Semarnat emitió el mismo día, con folios seriados a la API, dos documentos, uno en el que se exentaba de la presentación del MIA y el otro donde se reconocía la necesidad de éste documento. “Se les informó que no es procedente el aviso de no requerimiento de Impacto Ambiental y dado que el anterior ya había fenecido”.
Indicó que en marzo pasado se pidió a la API que explicara lo que se haría con las palmeras que están catalogadas en protección especial en las normas federales.
El 2 de mayo pasado, inspectores de la Profepa clausuraron la construcción del patio de maniobras que la API comenzó hace más de un mes, porque la MIA que expidió la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) en 1997 perdió su vigencia hace por lo menos diez años.

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