Periódico con noticias de Acapulco y Guerrero

Presenta Burgos iniciativa en el Senado para que no prescriban crímenes de lesa humanidad

 La senadora perredista Leticia Burgos Ochoa, presentó en el Senado de la República el proyecto de decreto por el cual el Senado de la República retira la declaración interpretativa a la Convención sobre Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad, aprobada el 10 de diciembre de 2001 y publicada en el Diario Oficial el 16 de enero de 2002.

En la exposición de motivos se señala que la Convención fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 26 de noviembre de 1968. El 10 de diciembre de 2001, el Senado aprobó ese documento internacional; sin embargo, en el se estableció una Declaración Interpretativa, violentándose así, su contenido y alcance fundamental.

La declaración establece: “Con fundamento en el Artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Gobierno de México, al ratificar la Convención Sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 26 de noviembre de 1968, entenderá que únicamente considerará imprescriptibles los crímenes que consagra la Convención, cometidos con posterioridad a su entrada en vigor para México”.

La declaración es en realidad una Reserva contraria a las normas imperativas del Derecho Internacional sobre la persecución, castigo e imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad.

Por tanto, de acuerdo a la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados es nula de pleno Derecho, por lo que no puede producir efecto jurídico alguno.

Las Convenciones sobre Delitos de Lesa Humanidad no admiten reserva alguna. Este criterio ha sido adoptado por la Corte Internacional de Justicia de la Haya desde 1951. Es por ello que la Convención no es susceptible a la Declaración Interpretativa o de Reserva por parte de cualquier estado.

El proyecto se turnó a las comisiones unidas de Relaciones Exteriores, Organismos Internacionales; de Justicia y de Estudios Legislativos, Segunda.

468 ad