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Hay un gran rezago en la revisión de las cuentas públicas municipales desde 2001

* El retraso solamente de ese año es de 87 por ciento, y de 62 en el 2002

Hugo Pacheco León, corresponsal, Chilpancingo * El pasado 14 de enero la Comisión de Gobierno del Congreso del Estado recibió, en secreto, el informe sobre la entrega-recepción de la extinta Contaduría Mayor de Hacienda y la actual Auditoría General del Estado, donde se reconocen rezagos de las cuentas públicas mensuales de la mayoría de ayuntamientos, de un 87 por ciento en el ejercicio fiscal de 2001 y de un 62 por ciento en el de 2002.

En el documento en poder de El Sur, la Dirección de Auditoría de la extinta Contaduría Mayor de Hacienda reconoce, al 30 de noviembre del 2002, un rezago de 87 por ciento de cuentas públicas por revisar del ejercicio del 2001 y hasta el 8 de enero un total de 63 cuentas públicas mensuales pendientes de recibir de diferentes ayuntamientos.

Mientras que del ejercicio del 2002, también se reconoce que no se habían revisado 374 cuentas públicas mensuales y que no se habían recibido 418 cuentas públicas mensuales de diferentes ayuntamientos.

Todos estos rezagos aparecen en el informe de entrega-recepción de la Contaduría Mayor de Hacienda que hasta el 31 de diciembre dirigió el contador Cuauhtémoc Tabarez Juárez y que dejó al titular de la recientemente creada Auditoría General del Estado, Ignacio Rendón Romero.

El informe se maneja con mucho hermetismo, y la Comisión de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda que preside la ex directora de Recursos Humanos del gobierno del estado, Alicia Zamora Villalba, no ha dicho nada al respecto.

El informe reconoce el rezago señalado y aduce que al momento –14 de enero–, se encuentran en proceso de programación para su revisión y se están preparando los oficios de requerimiento dirigidos a las administraciones anteriores.

Y se da a conocer que el presupuesto para la auditoría general en el 2003 es de 30 millones 14 mil 673 pesos, unos 8 millones de pesos más que en el 2002, que fue de 22.13 millones de pesos.

Los pendientes

Sobre el ejercicio 2001 se da a conocer que al 8 de enero pasado se tenían pendientes de auditar 127 cuentas públicas mensuales, que se encuentran en proceso de programación para su revisión.

También a esa fecha, seguía pendiente de notificar el resultado de las auditorías relacionadas con el Programa de Fortalecimiento Municipal (Fortamun) en el rubro de Seguridad Pública.

Además, que falta dar a conocer los resultados derivados de la práctica de nueve auditorías a ese programa a igual número de ayuntamientos, con la finalidad de iniciar el proceso de “confronta y solventación”, y que se estaba por enviar los pliegos de observaciones.

Otro pendiente es la entrega a los ayuntamientos de 17 pliegos de observación de obra del ejercicio 2001, “de los cuales nueve corresponden a ayuntamientos que enfrentaron el proceso de desafuero, los ocho restantes no han sido entregados”.

Y se encuentra pendiente el inicio de la auditoría a la construcción del Hospital de Taxco solicitada por la Auditoría Superior de la Federación del Congreso de la Unión.

Se informa que actualmente se encuentran en proceso de auditoría integral el programa de Fortalecimiento Municipal (Fortamun), el Fondo de Infraestructura Social Municipal (FISM) y Gasto Corriente, por el periodo de diciembre de 1999 a noviembre del 2002 en 12 ayuntamientos (no se dice cuáles).

Al respecto, al 8 de enero de 2003 se tiene pendiente de auditar 50 cuentas públicas del ejercicio del 2002, todavía en proceso de programación.

De la cuenta pública anual del ejercicio 2000 al corte del 14 de enero de este año, la Contaduría Mayor de Hacienda reporta a la Auditoría Superior del Estado que le fueron entregadas 75 y sólo tiene pendiente la del municipio de Copalillo.

Del ejercicio del 2001 le fueron entregadas 47 y están pendientes 29 cuentas públicas.

Las contradicciones del nuevo ejercicio de transparencia

Nada explica y nadie dice algo sobre el informe de entrega-recepción de la Contaduría Mayor de Hacienda a la Auditoria General del Estado a pesar de que desde la sesión extraordinaria realizada a las 3 de la mañana del miércoles 30 de agosto       del año pasado, la mayoría priísta en la 56 Legislatura aprobó la Ley de Fiscalización Superior del Estado con la que se comprometió a       vigilar que los recursos públicos se apliquen con “honestidad y transparencia” (en esa ocasión los diputados del PRD y del PAN votaron en contra y el del PRS no participó).

Pero desde la sesión del domingo 10 de noviembre pasado (a cinco días de culminar su periodo la 56 Legislatura), no se cumplió con la “honestidad y transparencia” pregonada.

Y es que ese domingo 10 de noviembre, a puerta cerrada y en un lugar alterno al recinto oficial de sesiones del Congreso del Estado, la fracción parlamentaria del PRI y el representante del PAN, Angel Pasta Muñúzuri nombraron fast track al titular de la Auditoría Superior del Estado de Guerrero, Ignacio Rendón Romero, vicepresidente del Colegio de Contadores Públicos.

La realización de la sesión a puerta cerrada fue en la ex sede del Congreso local –ahora sala de juntas del Poder Judicial– y la expliación que se dio entonces en que los diputados del PRD tenían tomada la tribuna del Congreso del Estado para evitar que la fracción parlamentaria del PRI “impusiera”       al titular de la Auditoría Superior del Estado, y que por eso fue obligada la búsqueda de otro recinto legislativo.

Los riesgos de no cumplir con la fiscalización

El hermetismo en torno al informe de entrega-recepción de la Auditoría General del Estado, es también otro incumplimiento de los objetivos de la misma Ley de Fiscalización Superior del Estado aprobada aquella madrugada del 30 de agosto pasado.

Y es que en la fundamentación que hizo el diputado priísta miembro de la Comisión de Justicia de la pasada 56 Legislatura, Enrique Camarillo Balcázar se explica que la nueva ley de fiscalización tiene por objeto “fijar las bases y términos para la competencia, organización, funcionamiento y procedimiento de la Auditoría General del Estado; normar la fiscalización superior que realice, así como la rendición de cuentas de los poderes del estado, ayuntamiento y entes públicos estatales y municipales”.

Además “establece el procedimiento para la determinación de daños y perjuicios causados a las entidades fiscalizadas en su hacienda o patrimonio así como la promoción o fincamiento de responsabilidades, indemnizaciones y sanciones pecuniarias, precisando los medios de defensa correspondientes”.

Dentro de las innovaciones de esta ley, se encuentra que la Comisión de Vigilancia y Evaluación tiene competencia para “vigilar el funcionamiento y los procedimientos, métodos y sistemas necesarios para la fiscalización de las cuentas públicas de la Auditoría General del Estado”.

Se sustenta que “los servidores públicos de la auditoría se conduzcan conforme a lo dispuesto por esta ley y demás disposiciones aplicables; además de iniciar el procedimiento correspondiente por las quejas y denuncias derivadas del incumplimiento de las obligaciones por parte de estos servidores, entre otras”.

Destaca que “cuando algún ciudadano presente denuncias en contra de servidores públicos o particulares sobre presuntas irregularidades cometidas con motivo del ejercicio y aplicación de recursos federales, estatales o municipales, la Auditoría General del Estado en el caso de que la ratifique y si se considera procedente, iniciará las diligencias necesarias para la comprobación de la conducta o hecho materia de la denuncia, cumpliendo así con el objeto de esta ley”.

Cabe destacar un título       especial que regula “la determinación de daños y perjuicios y del fincamiento de responsabilidad resarcitoria a los servidores públicos, particulares, personas físicas o morales que causen daño o perjuicio estimable en dinero a las haciendas públicas estatal o municipales, al patrimonio de los entes públicos estatales o municipales”.

Es decir que la Auditoría General del Estado podrá establecer la presunción de responsabilidades, el señalamiento de los presuntos responsables, la determinación del monto de los daños y perjuicios y fincar directamente o previo el establecimiento de la responsabilidad, las indemnizaciones y sanciones pecuniarias respectivas.

Se destaca que la Auditoría General del Estado “es resultado de       una modernización legislativa en el estado” y que dicho órgano gozará de autonomía técnica y financiera y amplias facultades para poder llevar a cabo con eficiencia y probidad la supervisión, control y evaluación del ejercicio de las finanzas públicas, fincando la responsabilidad resarcitoria a que haya lugar, a aquellos servidores públicos que cometan irregularidades en el manejo de los recursos públicos que les sean confiados con motivo del cargo que desempeñen”.

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