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Suspende la Profepa, vía fax, el aprovechamiento forestal de El Iris

* Funcionarios de la depedencia deja plantados al alcalde de Atoyac, a la dueña del predio y a representantes de la Semarnat

Francisco Magaña, corresponsal, Atoyac * De manera informal, vía fax, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), suspendió el aprovechamiento forestal de El Iris, en la sierra de El Paraíso, luego de la denuncia hecha por habitantes de Puerto del Gallo.

Dejando plantados al alcalde de Atoyac, Germán Adame Bautista, al representante de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), Arturo Carranza Ramírez, la dueña del predio forestal Irma Barrera Sánchez; la Profepa envió por medio de fax, el dictamen de su estudio técnico, aplicado al predio forestal del lote 55 de Tehuehuetla, en la zona de El Iris en este municipio, el cual se hizo después de una denuncia forestal de los habitantes de Puerto del Gallo, municipio de Heliodoro Castillo y cerca de El Paraíso.

La delegación federal de la Profepa en Guerrero, expone en el documento fechado el 27 de enero y sin firmas, que en la inspección al predio de aprovechamiento forestal, propiedad de Irma Barrera Sánchez de 792 hectáreas, se constató la existencia de aprovechamiento y derribo de arbolado verde, no exclusivamente arbolado seco muerto en pie, como se establece en la autorización.

El documento menciona como infractores a la titular del predio en aprovechamiento, Irma Sánchez Barrera; al extractor contratista de madera, José Avila Zetina, yal prestador de servicios técnicos forestales, Rigoberto Sandoval Navarrete. Indica que los dos primeros por no ajustarse al programa autorizado y extraer madera verde en un volumen de 44 mil 940 metros cúbicos de rollo, y él ultimo por marcar pinos no acordes a la norma.

Exponen que se constató daño al arbolado de pino verde por los amarres de los vientos de la grúa y lacrado por el arrastre de los trozos, señalan que el volúmen afectado de manera verde es de 44 mil 940 metros cúbicos rtn.

Ante ello se dictamina suspender el aprovechamiento forestal y recomiendan medidas correctivas urgentes con base al articulo 46 de la Ley Forestal, en la que especifica que se requiere de un programa de recuperación de áreas, así como comenzar las actividades de reforestación y circulamiento de las superficies intervenidas, sobre todo donde se extrajo arbolado verde, con el objeto de evitar que sean ocupadas como cultivo agrícola y avance la frontera agropecuaria en la zona.

Asimismo, como medida de seguridad reiteran con base al artículo 45 de la Ley Forestal, la suspensión, hasta que se vuelva a revisar en un periodo de 51 días, en tanto se deben de aplicar las medidas que garanticen el restablecimiento y regeneración de las           especies, entre estas la de efectuar guardarayas.

En el dictamen no se especifica ningún tipo de sanciones económicas a los infractores, solo que un lapso de no mayor de 50 días naturales, se hará una nueva verificación.

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