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Desecha el TEE tres juicios electorales ciudadanos contra el PRI y el PRD

Jesús Saavedra

Chilpancingo

La sala de segunda instancia del Tribunal Electoral del Estado desechó ayer tres juicios electorales ciudadanos “por haber quedado sin materia” y confirmó el acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEEG) por el que se autoriza a los consejos distritales integrar las mesas directivas de casilla y capacitar a ciudadanos no insaculados de la lista nominal de electores de la sección correspondiente.
Los magistrados desecharon el juicio que promovió Eusebio González Rodríguez, aspirante a alcalde de Tlapa, contra la omisión de la Comisión Estatal de Justicia Partidaria del PRI, de resolver un recurso de inconformidad que presentó el 9 de abril.
Este juicio quedó sin materia, toda vez que el órgano partidista “tuvo por no interpuesto el recurso de inconformidad”, pues en los plazos establecidos el actor no acreditó su personería, no obstante que por acuerdo de fecha 25 de abril le previno para que cumpliera con ese requisito.
Los magistrados también desecharon el juicio que promovió Andrés Zósimo Carballo Ortiz  contra la omisión de la Comisión Nacional Electoral del PRD, para remitir a la Comisión Nacional de Garantías un recurso de inconformidad que puso el primero de abril.
Este juicio quedó sin materia, pues el órgano partidista constató que el 30 de abril remitió dicho medio impugnativo a la CNG, con lo que la pretensión del actor “fue colmada” .
También fue desechado el juicio de Marcelo García Jiménez y Othón Sebastián Cayetano, precandidatos del PRD a alcalde de Acatepec, por la omisión en que incurrió la CNE de dar trámite al recurso de inconformidad que promovieron el 29 de marzo.
Los magistrados resolvieron que el 8 de mayo el órgano partidista cumplió con el reclamo .
Asimismo, el TEE resolvió el recurso de apelación 08/2012 y confirmó el acuerdo del IEEG que autoriza a los consejos distritales integrar mesas directivas de casillas y capacitar a ciudadanos no insaculados de la lista nominal de electores.
Este acuerdo fue impugnado por el representante del PRD, Ramiro Alonso de Jesús, quien expuso que “atenta contra los principios de legalidad y certeza que rigen los procesos electorales”, porque el IEEG se “excedió en sus facultades que la ley le confiere en la organización y desarrollo del actual proceso electoral”.
Los magistrados consideraron que el Consejo General del IEEG sí tiene facultades para dictar los acuerdos o resoluciones necesarias, a efecto de hacer efectivas las disposiciones de la ley electoral, como es la emisión de acuerdos normativos que tienen el carácter de obligatorios para los órganos jerárquicamente inferiores, con el objeto de hacer eficiente y posible la debida integración de las mesas directivas de casilla.
Además, establecieron en la sentencia que el acuerdo impugnado sí establece un procedimiento o mecanismo para la capacitación de los no insaculados.
En otro asunto, los magistrados ordenaron a la Comisión Estatal de Justicia Partidaria del PRI que en un plazo de 72 horas  resuelva el primer recurso de inconformidad que presentó Juan Manuel Santamaría Ramírez, precandidato a diputado local por el distrito 23 con sede en Iguala, de lo contrario el órgano partidista será sancionado con una multa equivalente a 500 salarios mínimos vigentes en Chilpancingo.
También se ordenó a la misma comisión del PRI, que en 72 horas resuelva el recurso de inconformidad de Diego Méndez Rodríguez, en el que impugna la convocatoria y la asamblea para elegir candidato a alcalde de Tlapa, y que notifique al actor la resolución.
En la sentencia, la Sala de Segunda Instancia del TEE conminó al presidente del Comité Directivo Estatal del PRI a que provea lo conducente, a fin de que la Comisión Estatal de Procesos Internos funcione debidamente, apercibido que en caso de no dar cumplimiento a la sentencia se ordenará iniciar el procedimiento administrativo sancionador co-rrespondiente.

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