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Incluirán como NOM restricción para turistas que renten acuamotos

Nelly Bello * Debido a accidentes registrados en playas de la República, el capitán de Puerto, Antonio Pizá Vela, informó que en este año la dependencia federal podría incluir como Norma Oficial Mexicana (NOM) otra medida de seguridad para turistas que pretendan rentar una moto acuática.

Entrevistado en su oficina, dijo que aún no se determina si esa medida será la presentación de una licencia de manejo o tener confirmado el manejo previo de un vehículo de ese tipo, pero serán medidas “para reforzar la instrucción a los turistas”.

Sobre el accidente del 2 de enero, en el que murieron dos defeños, Pizá Vela dijo que en menos de dos semanas recibirá los peritajes que efectúan otros dos capitanes de Puerto, además del suyo.

Indicó que además de la NOM hay otra iniciativa de ley enviada al Congreso de la Unión para su aprobación, elaborada por la Dirección General de Marina Mercante y llamada Reglamento de Turismo Náutico, donde los capitanes de puerto del país aportaron información de sus ciudades y uno de ellos planteó el problema de los accidentes en el mar con motos acuáticas.

Pero para no esperar la decisión del Congreso, adelantó que podrían comenzar con la NOM, y demostrar que “se toman cartas en el asunto”.

Añadió: “se trata de incluir medidas para reforzar la instrucción del turista que maneja motos acuáticas, por ser quien tripula las embarcaciones; no es el prestador de servicios, él solo ofrece y facilita, se trata de llegar con mecánicas, en especial en cuanto a la instrucción, no se el manejo previo o una licencia”.

Aseguró que cada tres meses Capitanía de Puertos imparte cursos a prestadores de servicios turísticos sobre primeros auxilios, ayudas a la navegación, calidad turística, información meteorológica, navegación costera, combate de incendios y principios básicos de mecánica.

Recordó que en diciembre de 2001, Capitanía citó a un curso de capacitación que tuvo asistencia récord a nivel nacional porque participaron cerca de 300 prestadores, e impartido por el Fideicomiso para Formación y Capacitación de la Marina Mercante Nacional (Fidena), en coordinación con la Secretaría de Turismo (Sectur).

Consideró que los cursos para los prestadores de servicios turísticos o la carta responsiva que firman los turistas antes de manejar las embarcaciones no pueden evitar los accidentes, “mientras sean tripulados por seres humanos”, pero “lo que podemos hacer es deslindar responsabilidades; desde homicidio hasta homicidio imprudencial”.

Explicó que el acta de responsiva es para deslindar responsabilidades, primero de la autoridad con el prestador del servicio y con la firma del turista mayor de edad, y del prestador con la persona a la que facilita la embarcación.

Detalló que el documento hace saber a la persona que la acuamoto es una embarcación de riesgo, de velocidad, y las áreas donde puede ser operada.

Por ejemplo –explicó– está prohibido acercarse a la Base Naval, a la terminal marítima con un barco en maniobra, al Club de Yates, por su tráfico particular; invadir área de bañistas, hacer maniobras riesgosas, dar preferencia a los barcos grandes, pues los deben cruzar por la popa o parte trasera.

La renta no será válida en personas con problemas neuorológicos o físicos y cardiacos, mientras que un menor con edad de 16 años puede operar la moto acuática con el consentimiento de un adulto que se haga responsable.

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