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Se investiga si López Rosas incurrió en omisiones en el caso Chavarría: Iñaky Blanco

El procurador consideró “muy grave” que el ex procurador no haya detenido a Zamora Rojo, quien incriminó a Zeferino Torreblanca. Desdeña las acusaciones de Jiménez Rumbo y Pioquinto Damián contra Zeferino porque “son meras referencias o conjeturas”. Sostiene que el ex gobernador no puede ser considerado indiciado porque “el Ministerio Público no puede partir de consensos sociales o sospechas”. Asegura que no lo ha exonerado, “la averiguación previa se está integrando”, y reitera que la versión de Zamora es “un trascendido”

Daniel Velázquez

El procurador Iñaky Blanco Cabrera desestimó las declaraciones ministeriales de David Jiménez Rumbo y Pioquinto Damián Huato sobre el asesinato de Armando Chavarría, y dijo que sólo son conjeturas.
Asimismo, acusó al ex procurador Alberto López Rosas de haber dado a la difusión la información de la declaración ministerial del comandante de la Policía Ministerial, Trinidad Zamora Rojo, quien en junio de 2011 reveló que el asesinato de Armando Chavarría fue ordenado por el ex gobernador Zeferino Torreblanca Galindo.
Un reportero le preguntó si fincarían responsabilidades a los ex procuradores, pero Blanco Cabrera precisó que no se investiga a ex procuradores sino sólo a uno, en referencia a López Rosas, a quien no mencionó por su nombre pero señaló que fue quien estuvo en la Procuraduría cuando Trinidad Zamora dio esas declaraciones.
“Estamos hablando sólo de uno, que entiendo fue el que dio a conocer la versión, a ver, yo he sido muy puntual y hay quienes no les gusta que se digan así las cosas, en efecto hay un grado de responsabilidad en el momento mismo en que yo tengo conocimiento de una versión y la hago pública tres años después, hay un grado de responsabilidad en el momento mismo en que tengo conocimiento de esta versión a través de un supuesto autor material del hecho y no lo arraigo, considerando que en ese entonces la figura del arraigo todavía estaba vigente, aún más, no lo detuve y no lo consigné”, dijo.
Insistió en que en los medios de información no se cuestionan las omisiones en que pudo haber incurrido el ex procurador, y recordó que transcurrieron siete meses desde que Trinidad Zamora dio la declaración y la fecha en que renunció el procurador en turno, en referencia a Alberto López Rosas, y señaló que “nosotros estamos investigando si se incurrió en alguna omisión o negligencia que pudiera tener consecuencias penales”.
—En el caso de los fiscales anteriores que estuvieron a cargo del expediente de Armando Chavarría, ¿habrían incurrido en el delito de obstrucción de la justicia por no haber integrado a la averiguación previa señalamientos que han hecho algunos líderes de opinión? –le preguntaron.
—Fíjate que es de llamar la atención, creo que como en todo, es válido y respeto, hay opiniones encontradas, nadie cuestiona una omisión de esa naturaleza que desde mi punto de vista es muy grave; transcurrieron siete meses, esto es más de 200 días y en ese sentido nadie ha hecho una observación, esa es parte de las tareas del Ministerio Público, nosotros estamos investigando si se incurrió en alguna omisión o negligencia que pudiera tener consecuencias penales –respondió Iñaky Blanco.
Ayer en las oficinas de la Promotora Turística (Protur) de Acapulco, el procurador Iñaky Blanco dio una conferencia de prensa para informar sobre la liberación de cinco víctimas de secuestro y la detención de cuatro presuntos secuestradores.
En la ronda de preguntas y respuestas, nuevamente se le preguntó sobre el caso de Armando Chavarría y el procurador insistió en sus señalamientos hacia el ex procurador y actual secretario del Trabajo, Alberto López Rosas.
—Con las declaraciones de David Jiménez Rumbo y Pioquinto Damián Huato ¿se robustece la línea de investigación que apunta hacia el ex gobernador Zeferino Torreblanca Galindo y eso podría cambiar la modalidad en que fue citado por la Procuraduría, no como testigo sino como indiciado? –se le preguntó.
—No, yo te diría que no hay más que analizar las declaraciones publicas y no ministeriales del señor David Jiménez Rumbo y del señor Pioquinto Damián Huato, las mismas son meras referencias o conjeturas que no cuentan con elemento de prueba alguno que les fortalezca, en consecuencia para nosotros no dejan de ser un indicio más.
“Yo sé que a muchos la palabra indicio no les gusta, pero hasta en tanto no se cuenten con elementos de prueba que los robustezcan no les podemos dar el carácter de evidencia, el Ministerio Público tiene que actuar con absoluta responsabilidad y en el momento mismo en que se ejerza acción penal, si así se determina, tendrá que buscar convicción en el ánimo del órgano jurisdiccional del juez a efecto de que se obtenga una sentencia condenatoria, el Ministerio Público lo he dicho una y otra vez, no puede partir de consensos sociales o sospechas, el Ministerio Publico parte de elementos de prueba debidamente consolidados e integrados a un expediente, en este caso a una averiguación previa”, dijo.
—El presidente estatal del PRD, Carlos Reyes Torres, reclama que no debe exonerar a nadie, sin antes concluir las investigaciones.
—Aquí me parece que hay un problema de percepción, no hemos exonerado a nadie, la averiguación previa se está integrando, él pudiese adoptar esa postura en el momento mismo en que el Ministerio Público esté informado de manera oficial que la averiguación previa fue archivada en definitiva al no encontrarse elementos para establecer la autoría material e intelectual del hecho, yo creo que hay un error de percepción.
—¿Por qué no se le cita a Zeferino Torreblanca en calidad de indiciado, considerando que hay una declaración de Trinidad Zamora Rojo, que lo señala de que fue quien ordenó el asesinato?
—La declaración a la que tú te refieres no es sino un trascendido, en su oportunidad habré de explicar por qué, hasta en tanto no cuente el Ministerio Público con elementos de prueba no podemos darle otro tipo de carácter o calidad en este caso al señor Zeferino Torreblanca.
Al procurador se le preguntó por qué cambió de “indicio de prueba” a “trascendido” la declaración de Trinidad Zamora Rojo, y Blanco Cabrera explicó que de acuerdo con el derecho procesal penal “el indicio no es sino una versión más a considerar, en tanto que no cuente con otros elementos de prueba que le robustezcan no lo podemos considerar como una evidencia, y dentro de esos indicios pudiera estar un trascendido, yo sé que no gusta la palabra trascendido, pero así es. Lo importante no es si se trata de un indicio o de un trascendido o si vamos a discutir terminología correspondiente, creo que lo importante es investigar esa versión y en su caso robustecerla que tendríamos que consignar o bien desestimarla”.

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