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Multa el IFT a Televisa con 53 millones de pesos por no respetar acuerdos

 

Vania Guerrero / Agencia Reforma

Ciudad de México

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió imponer una multa a Televisa por 53 millones 838 mil pesos.
Esta sanción se deriva de un litigio iniciado por la extinta Comisión Federal de Competencia (CFC), por lo que el IFT resolvió que faltó a los acuerdos convenidos cuando se le autorizó la compra de Televisión Internacional (TVI).
De acuerdo con una decisión tomada por el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) el 15 de agosto, la Unidad de Competencia Económica (UCE) del regulador podría incluso disolver la compra autorizada por el anterior regulador en la materia.
“En caso de no dar cumplimiento a la condición establecida en el inciso D del resolutivo tercero de la resolución en un plazo no mayor a 30 días naturales, el IFT tendrá por no cumplidas las condiciones y dejará sin efectos la autorización de la concentración”, señala el documento.
El regulador resolvió -4 a 3 votos– que Corporativo Vasco de Quiroga (CVQ), filial de Televisa, no cumplió con el apartado tercero de la resolución de la entonces CFC, ahora Cofece, en la que se establecía que, como condición para no afectar la competencia en telecomunicaciones, no podía tener miembros del consejo de administración en otras empresas de televisión o audio restringidos.
La empresa incumplió debido a que, antes de realizar otra concentración con Iusacell –autorizada en 2012 por la antigua CFC– tuvo ejecutivos en esa compañía.
Analistas aplaudieron la decisión, pero advirtieron sobre los retos hacia adelante.
“Creo que el IFT, como autoridad de competencia en telecom, debe plantearse, que (en adelante) cuando imponga compromisos para aprobar una fusión o adquisición, tenga una área específica que se dedique a monitorear y a evaluar el cumplimiento de ellos para identificar oportunamente cualquier falta”, comentó Víctor Pavón-Villamayor, experto en competencia.
Por otro lado, también el 15 de agosto, el IFT decidió por unanimidad en lo general, que no se cometieron prácticas monopólicas relativas en el mercado de publicidad en televisión y en el de venta de contenidos por parte de Grupo Televisa (GTV).
Telmex y MVS –por Dish– aseguraban que la empresa se había negado a venderle espacios de publicidad, además de que le había dado condiciones distintas a sus filiales para venderle contenido de televisión abierta, entre otras prácticas, para desplazarlos del mercado.
Según el IFT no hubo elementos que permitieron concluir que la conducta de GTV y Televisa, tuvo como objeto o efecto desplazar indebidamente a otros agentes económicos del mercado de TV restringida.

 

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