Podrán conocer usuarios el monto de comisiones bancarias antes de pagarlas
Se informará en las pantallas de los cajeros automáticos las cuotas por los servicios prestados que se cobrarán al usuario.
Mónica Martínez García
Debido a la próxima entrada en vigor de la Ley de Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, los usuarios de los servicios bancarios podrán saber al momento, el monto de las comisiones que aplique cada institución bancaria, informó el delegado en Guerrero de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), José Luis Ávila Sánchez.
El funcionario explicó que en las pantallas de los cajeros automáticos se deberá informar las comisiones que cobran por su uso y habrá que tener consentimiento previo de los clientes para el cobro de tales comisiones.
El funcionario detalló que desde el 26 de enero de este año la ley fue publicada y entrará en vigor el 26 de julio.
Señaló que el objetivo principal de la misma, es regular el cobro de las comisiones, cuotas interbancarias y otros servicios financieros para “propiciar una mayor seguridad y proteger los intereses del publico”.
Consultado en su oficina, el delegado aclaró que dicha ley no tiene interés de eliminar las comisiones que pueden cobrar los bancos por los diferentes productos y servicios que ofrecen, ni tampoco eliminar las cuotas interbancarias sino que sólo pretende regularlas.
Explicó los bancos podrán establecer comisiones por cada servicio que se proporcione a través de ellos, pero cuando el banco que opere el cajero automático sea el emisor de la tarjeta, podrá no cobrarles a sus clientes o bien cobrarles, pero un porcentaje menor.
Explicó que dichas comisiones también se pueden conocer al momento de firmar el contrato con la institución bancaria, éstas deberán aparecer en el estado de cuenta de las tarjetas de crédito, débito o cuentas de cheques que las instituciones envían al domicilio del cliente donde se detallarán además, las operaciones del periodo inmediato anterior.
–¿Y si la cuenta es de nómina?, se le preguntó.
–El trabajador tendrá derecho a solicitar a la institución de crédito en la que se realicen los depósitos, que transfiera su dinero a otra institución que él elija, sin que le pueda hacer cargo alguno por este cambio.
Aclaró que no todas las comisiones están reguladas sino únicamente los cargos que una entidad financiera cobre a un cliente por el uso o aceptación de tarjetas.
La Ley de Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros regula a los bancos, Sociedades Financieras de Objeto Limitado (Sofoles) y a las empresas comerciantes que cobran comisiones por el uso de tarjetas de crédito, débito, cheques y órdenes de transferencias de fondos que expidan cualquiera de las sociedades antes mencionadas.
Dijo que el cobro de las comisiones será regulado por el Banco de México, quien podrá emitir las disposiciones de regulación; establecerá los requisitos que deben cumplir los contratos de las tarjetas; definirán los mecanismos para que las entidades financieras den a conocer al público en general las comisiones que cobra, y además deberán informar al Banco de México cada vez que establezcan o modifiquen alguna comisión.
Indicó que cada banco podrá establecer comisiones por los servicios que proporcione, siempre que sean iguales para todos los clientes, con independencia de quién haya emitido la tarjeta.
Por último señaló que la Condusef puede orientar respecto al cobro de comisiones y está facultada para atender a los usuarios de los servicios bancarios.




