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Refuta Hegel Mariano al IEEG y recuerda que Cherán eligió autoridades por usos y costumbres

Lourdes Chávez

Chilpancingo

Los pueblos indígenas sólo tienen cuatro días para impugnar la decisión del Instituto Electoral del Estado (IEEG), que rechazó la posibilidad de realizar la elección del 1 de julio en sus comunidades mediante usos y costumbres, informó el abogado de la Red Guerrerense de Derechos Humanos, Hegel Mariano Ramírez.
Mariano Ramírez desacreditó los argumentos del organismo para invalidar un derecho consagrado en la Constitución y en tratados internacionales.
El defensor de los derechos humanos y también consejero electoral en el distrito 7 del Instituto Federal Electoral (IFE), consideró que antes de resolver, el IEEG debió atender la petición que presentó la Unión de Pueblos y Organizaciones del Estado de Guerrero (UPOEG) y realizar una consulta ciudadana para saber si los pueblos indígenas estaban de acuerdo o no en una elección por usos y costumbres.
De acuerdo con la nota publicada este viernes, el IEEG respondió a la UPOEG que en las elecciones de 2015 se podrían realizar elecciones por usos y costumbres en las comunidades indígenas, siempre y cuando se realicen reformas a la ley electoral local en este sentido.
Mariano Ramírez afirmó que eso no es necesario, “no tiene fundamento y es absurdo, porque en la Constitución y en tratados internacionales está considerado el derecho a la consulta de las comunidades indígenas para elegir a sus representantes”.
Indicó que en el artículo 2 constitucional, apartado A, fracciones 1 y 3, se establece que los pueblos tienen la facultad de elegir mediante acuerdos y en sus propias normas a sus representantes y el ejercicio de su gobierno interno.
Asimismo, cuestionó que el IEEG justifique su negativa en que el proceso electoral ya comenzó, porque tampoco es un impedimento, y denunció que el organismo dio una respuesta tardía sólo por la presión que ejerció la UPOEG, y así evidenció el desinterés de los consejeros y representantes de partidos a atender a los pueblos indígenas.
Hegel Mariano informó que en noviembre del 2011 el municipio michoacano de Cherán realizó sus elecciones por usos y costumbres, y dejó un antecedente al respecto.
Recordó que Cherán hizo la misma petición de la UPOEG a las autoridades electorales, “pidieron consulta, igual que en Guerrero, y en Michoacán como aquí, no existe legislación local que avale la elección por usos y costumbres”.
Después de que rechazaron su petición y presentaron una impugnación, la Sala Superior del Tribunal Electoral federal (Trife) determinó que no importa que a nivel local no esté contemplado ese derecho, que sí está previsto en la Constitución.
Incluso, subrayó que el artículo 1 constitucional establece el mismo rango de jerarquía a los tratados internacionales con la Carta Magna; es decir, éstos tienen plena vigencia en México, y en ellos se establece un bloque para derechos de los individuos y más tratándose de los pueblos indígenas.
Añadió que los pueblos deberían impugnar la medida del IEEG ante la sala superior del Trife, porque consideró que tiene un fondo político, para no conceder poder que les permita a los pueblos indígenas ejercer su autonomía y libre determinación, y que pueda fortalecerlos frente a los problemas como el de las concesiones de las empresas mineras.
Insistió que con su respuesta el IEEG demostró un desinterés y menosprecio a los pueblos indígenas, y una falta de compromiso para hacer este trabajo, “a lo mejor viene a alterar las actividades que ya tienen programadas”.
Declaró que tratándose de los pueblos indígenas se debe interpretar la ley lo más favorable a ellos, no restringirlos, y esta negativa constituye una restricción del IEEG.
Añadió que si el caso se lleva ante el Trife, éste determinará formalmente si está fundada o no la negativa.

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