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Presenta la PGJE al taxista acusado de asesinar y mutilar a su esposa

Caso de la mujer hallada en pedazos en un arroyo de la colonia Rancho Acapulco

El fiscal regional de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), Efrén Suástegui Mayo, presentó ayer al taxista Dionicio Barrientos Magdaleno, acusado de asesinar a su esposa, Teresa de Jesús Campos Gutiérrez, cuyo cuerpo mutilado fue hallado en un arroyo de la colonia Rancho Acapulco, el 27 de mayo de 2002.

Policía Judiciales del Estado (PJE) no permitieron que reporteros le hicieran preguntas al detenido sobre los motivos para cometer el crimen.

El 27 de mayo de 2002, personal del Ministerio Público de la colonia Garita encontraron el tórax de un cuerpo, el cual carecía de extremidades inferiores, cabeza, vísceras y órganos internos.

En ese arroyo también fue hallada una pierna –de la planta del pie hasta la rodilla–, la cual tenía los músculos destrozados. Posteriormente, a 200 metros estaba la pierna izquierda, completamente deshecha.

En esa fecha, pero en el canal de aguas negras de la colonia El Roble, hallaron el resto del cuerpo: cadera y parte de los muslos.

En el Servicio Médico Forense se diagnosticó que la causa “directa de la muerte” fue hemorragia interna y externa causada por navaja o cichullo, con el que perforaron el cuello.

Suástegui Mayo expuso que el motivo de Barrientos Magdaleno para matar a la mujer, fue la “vida bastante violenta” que supuestamente llevaban.

El fiscal basó su planteamiento en declaraciones de los familiares de la víctima, del hijo que tuvo la mujer antes de vivir con el detenido y de vecinos.

En un boletín de prensa, Suástegui Mayo dice que la mujer tenía 37 años, era originaria de esta ciudad y trabajaba como comerciante.

Del detenido se señala que el Ministerio Público ordenó la presentación del taxista Donicio Barrientos, de 53 años de edad, originario de San Jerónimo de Juárez, la cual cumplieron los judiciales el 31 de marzo a las 7:30 de la noche.

Se indica que ese mismo día se declaró culpable a Dinocio Barrientos, con base a las averiguaciones previas Tab/Gar/492/2002 y Tab/I/645/2002.

Se explica que la retención se decretó porque “es (un) riesgo fundado que el probable responsable pudiera sustraerse a la acción de la justicia, además de que esta es una de las hipótesis en casos de urgencia que la ley establece”.

Se revela que testigos han declarado contra el taxista, lo cual tomarán en cuenta para resolver la situación jurídica, así como pruebas periciales e indicios que acreditan su probable responsabilidad.

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