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Pide México Evalúa que la extinción de dominio se aplique a políticos corruptos

Rolando Herrera / Agencia Reforma

Ciudad de México

La figura de extinción de dominio, que es un procedimiento expedito para desapoderar a los delincuentes de los bienes que han obtenido de manera ilícita, debe ser aplicable en el caso del enriquecimiento ilícito en el que incurren los servidores públicos, propuso México Evalúa.
A través de una carta que fue entregada al Senado de la República para emitir su opinión sobre el predictamen que en comisiones de aprobó en esa cámara sobre la reforma anticorrupción, la organización ciudadana consideró que éste sería un mecanismo eficaz que ayudaría a combatir la corrupción.
“Consideramos necesario incorporar dentro de las modificaciones al artículo 22 fracción II (de la Constitución) la extinción de dominio por enriquecimiento ilícito, como lo contempla una de las propuestas legislativas bajo análisis.
“Una sanción de esta naturaleza debe dejar claro a todo servidor público la gravedad de abusar del privilegio de ser funcionario para allegarse un beneficio personal de forma indebida”, señaló.
La extinción de dominio, cuya ley fue promulgada en 2009, actualmente sólo procede en los casos de delincuencia organizada, delitos contra la salud, secuestro, robo de vehículos y trata de personas.
México Evalúa sugirió también que, en congruencia con las mejores prácticas internacionales, debería ampliarse la prescripción de los delitos de corrupción a por lo menos 15 años, ya que un plazo corto dificulta su persecución y ofrece salidas a los delincuentes.
“El extender los plazos de la prescripción de este tipo de delitos es aún más necesario a la luz de la reforma electoral aprobada recientemente por esta soberanía. Con esta reforma, existe la posibilidad de que los futuros legisladores permanezcan en su cargo entre 9 años, en el caso de los diputados, y hasta 12, en el caso de los senadores.
“Si por cualquier razón, algún futuro legislador comete un delito como servidor público, las instancias encargadas de investigarlo deben contar con la garantía legal de que su labor no se desechará por causales asociadas a una restringida prescripción temporal del delito de corrupción, como se contempla en el pre-dictamen, con plazos de cinco o siete años”, expuso.
La organización ciudadana señaló que el Registro Patrimonial de los Servidores Públicos, que sirve para monitorear la evolución de los bienes de los servidores públicos y determinar si es congruente con sus ingresos, debe der administrado por una institución que no pertenezca al Ejecutivo Federal, como podría ser la Auditoría Superior de la Federación (ASF).
“Se subraya la necesidad de evitar un potencial conflicto de interés que surgiría al otorgar la facultad de revisión de las declaraciones patrimoniales y de su seguimiento en el tiempo a una instancia del propio Poder Ejecutivo”, resaltó.
México Evalúa indicó que la reforma anticorrupción debe ser profunda si verdaderamente se quiere combatir este problema, por lo que no es conveniente apresurar los tiempos legislativos ya que aras de la prontitud se corre el riesgo de aprobar una mala reforma.

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