Comprometerse “a no incurrir en ninguna conducta ilegal”, pide la convocatoria del PRD a sus candidatos
El Consejo Electivo también ponderará trayectoria política, presencia ante los ciudadanos, experiencia en funciones públicas y buena reputación
Daniel Velázquez
Los candidatos del PRD a gobernador, diputados alcaldes, síndicos y regidores deberán cumplir al menos con estos cuatro aspectos: “Trayectoria política, Presencia ante la ciudadanía, Experiencia en funciones públicas, Buena Reputación, entre otros aspectos que determine la Comisión de Candidaturas”.
La convocatoria del Partido de la Revolución Democrática para elegir candidatos a gobernador, diputados, alcaldes, síndicos y regidores fue aprobada por el Consejo Estatal del partido el sábado pero fue revisada por el Comité Ejecutivo Nacional y después será entregada al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) y se publicará en la página de internet del partido y en un medio de circulación estatal.
Los candidatos serán electos por Consejo Estatal Electivo mediante la votación de las Consejeras y Consejeros integrantes del IX Consejo Estatal del PRD en Guerrero, en los términos previstos en el Estatuto y el Reglamento General de Elecciones y Consultas, dice la convocatoria.
También establece que “la Comisión de Candidaturas nombrada por el Comité Ejecutivo Estatal, emitirá un dictamen que pondrá a consideración del pleno del Consejo Estatal Electivo para la definición de las candidaturas a partir de los registros aprobados por la Comisión Electoral”.
“El dictamen que emita la Comisión de Candidaturas deberá estar basado cuando menos en los parámetros siguientes: a) Trayectoria política, b) Presencia ante la ciudadanía, c) Experiencia en funciones públicas, d) Buena reputación, e) entre otros aspectos que determine la Comisión” de Candidaturas.
En las bases de la convocatoria se establece que no habrá precampaña para gobernador, los aspirantes a diputados locales por mayoría relativa y alcaldes sólo tendrán siete días para hacer campaña y deberán notificar por escrito que desean hacer precampaña.
“En el caso de que se determine la realización de encuestas éstas no serán vinculantes para el Consejo Estatal Electivo y serán realizadas conforme al calendario que definirá el Comité Ejecutivo Estatal a más tardar tres días antes del Consejo Estatal Electivo”, precisa el documento.
“Las citadas encuestas podrán ser tomadas en consideración como un medio de valoración para el dictamen que presente la Comisión Electoral en el Pleno del Consejo Estatal Electivo, previa aprobación que realice el Comité Ejecutivo Estatal del mismo”, agrega la convocatoria.
Las prisas del PRD
El Consejo Estatal Electivo para elegir gobernador será el 31 de enero, para diputados de mayoría relativa y de representación proporcional el 1 de marzo, para alcaldes, síndicos y regidores el 24 de marzo.
La solicitud de registro para los aspirantes a la candidatura a gobernador será del 20 al 24 de enero, las subsanaciones serán 25 y 26 y el 27 del mismo mes, y la Comisión Electoral del CEN determinará la procedencia del registro de los interesados.
El registro para quienes busquen las diputaciones locales será del 11 al 15 de febrero, para correcciones los días 16 y 17 del mismo mes y el 18 del mismo mes la Comisión Electoral del CEN determinará la procedencia del registro de los interesados.
Para diputados plurinominales el registro será del 17 al 21 de febrero y para rectificaciones 22 y 23 y el 24 del mismo mes; la Comisión Electoral del CEN determinará la procedencia del registro de los interesados.
Para alcaldes, síndicos y regidores el registro está previsto del 5 al 9 de marzo y subsanaciones 10 y 11 y el 12 del mismo mes y la Comisión Electoral del CEN determinará la procedencia del registro de los interesados.
La convocatoria establece que “para Gobernador del Estado no habrá precampaña” y en el caso de los aspirantes a la diputaciones locales, alcaldes, síndicos y regidores “al momento de solicitar su Registro deberán manifestar su intención o no de realizar Actividades de Precampaña dentro del plazo legalmente establecido para ello”.
El plazo de precampaña para diputados de mayoría relativa es del 19 al 25 de febrero, para alcaldes, síndicos y regidores del 13 al 20 de marzo.
Equidad de género
Para garantizar la equidad de genero en las candidaturas a diputados locales, los 28 distritos del estado se dividirán en dos segmentos, en un primer segmento estarán los distritos electorales en los que el PRD “históricamente ha sido más competitivo”.
En la lista se incluyen los 22 distritos donde el partido obtuvo el triunfo en la elección de 2012; los distritos son el 01 y 02 de Chilpancingo; 03, 04, 05, 06, 07, 08 de Acapulco; el 10 de Tecpan; el 11 y 12 de Zihuatanejo; el 13 de San Marcos; el 14 de Ayutla; el 15 de San Luis Acatlán; el 17 de Coyuca de Catalán; el 18 de Pungarabato; el 20 de Teloloapan; el 22 de Iguala; el 24 de Tixtla; el 25 de Chilapa; el 27 y 28 de Tlapa de Comonfort.
El segundo segmento estará integrado por los municipios “donde el Partido ha tenido menos presencia electoral”, e incluye seis distritos, el 09 de Acapulco, el 16 de Ometepec, el 19 de Eduardo Neri, el 21 de Taxco, el 23 de Iguala, y el 26 de Zitlala.
En los ayuntamientos deberá prevalecer el principios de equidad de género, el síndico será de genero distinto al alcalde y así seguirá la alternancia en la planilla de candidatos a regidores, los suplentes deberán ser del mismo sexo que el propietario.
Las condiciones
La convocatoria establece que los aspirantes y en su caso candidatos se ajustarán “en todo momento a lo dispuesto en el Protocolo del Comité Ejecutivo Nacional del Partido de la Revolución Democrática para fortalecer la Cultura de la Legalidad y la Ética Política, comprometiéndose a no incurrir en ninguna de las conductas ilegales, señaladas en dicho protocolo, lo anterior en razón de ser una persona expuesta políticamente y a efecto de garantizar la más rigurosa evaluación, transparencia y escrutinio público de la selección de los candidatos”.
“Las precandidatas y precandidatos que ostenten un cargo de elección popular o desempeñen un puesto en la administración pública estatal o municipal y manejen recursos económicos, no deberán emplear personal y recursos materiales o económicos a su alcance para promover su imagen”.
“En términos del artículo 263 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero, los servidores públicos con cargo de dirección o que tengan a su cargo la operación de programas sociales y que aspiren ser precandidatos, deberán separarse del cargo a partir de que inicie el proceso interno de selección de candidatos, salvo los casos previstos en la Constitución y en la Ley Electoral del Estado”.
Otras de las condiciones que establece la convocatoria es que los aspirantes “no podrán realizar actividades de proselitismo o difusión de propaganda, por ningún medio, antes de la fecha de inicio de las Precampañas”.
No podrán “en todo tiempo, la contratación de propaganda o cualquier otra forma de promoción personal en radio y televisión”.
Tampoco podrán “en todo tiempo, recibir cualquier aportación en dinero o en especie de las prohibidas por la Ley a los Partidos Políticos”.
Los aspirantes deberán “acatar las normas que rigen la vida interna del Partido y las Resoluciones de los órganos partidarios, además de comprometerse a cumplirlas”.
El documento establece que la violación a cualquiera de estas disposiciones se sancionará con la cancelación de su Registro como Precandidato, con independencia de las demás sanciones administrativas, civiles y penales que le pudieran ser impuestas.
La convocatoria establece que “los medios de impugnación que se interpongan con motivo de los resultados de los procesos de selección interna, deberán ser resueltos por la Comisión Nacional Jurisdiccional a más tardar diez días antes del inicio del plazo de registro de candidatos respectivo”.




