Periódico con noticias de Acapulco y Guerrero

CARTAS ( Proceso a Nazar )


Plaza Pública

 

Miguel Ángel Granados Chapa  

Miguel Nazar es el segundo jefe de la policía política mexicana sujeto a proceso penal. El primero fue José Antonio Zorrilla, que actualmente purga prisión por el asesinato de Manuel Buendía, que cometió infringiendo o cumpliendo sus funciones oficiales. Nazar comenzó a ser procesado a primera hora del miércoles. El juez Guillermo Vázquez Martínez, que en abril del año pasado rehusó ordenar su aprehensión le dictó en cambio el auto de formal prisión.

Aun si el juez hubiera obrado en dirección contraria, y dejado en libertad al ex subdirector y ex director de la DFS, Nazar no hubiera podido volver a su casa de Las Águilas, en el Distrito Federal. Lo hubiera retenido en el penal de Topochico el efecto de una segunda orden de aprehensión, dictada por un juez federal de Naucalpan, ahora por la privación ilegal de la libertad de Ignacio Salas Obregón, señalado como Jesús Piedra Ibarra por haberse levantado en armas y cometido con ellas diversos delitos. Sólo podemos decir que fueron señalados por esos delitos, pero no hubo ocasión de que el Estado formalizara las acusaciones respectivas, ya que agentes suyos como Nazar actuaron contra ellos de modo sumario, sin atenerse a la legalidad en nombre de la cual actuaban. Hay que insistir una y otra vez en ese punto, para mellar el argumento patriótico de los Nazar, que se duelen de que con acciones penales sean pagados los eminentes servicios que el jefe policiaco prestó a la nación. Como a los generales Francisco Quirós Hermosillo y Mario Arturo Acosta Chaparro, no se le juzga por cumplir su deber, sino por lo contrario, porque lo infringió apelando a recursos ilegítimos.

El juez que procesará a Nazar (salvo que lo impida el recurso que ya ha presentado ante un tribunal de apelación, instancia a la que no tuvieron acceso las víctimas del jefe policiaco) no sólo concedió valor a las pruebas presentadas por la Fiscalía Especial (que ha dado un paso de enorme importancia en el esclarecimiento de los crímenes de la guerra sucia) sino que desestimó las de descargo aducidas por la defensa de Nazar. Entre los elementos que consideró relevantes el juez cuarto de distrito para iniciar proceso al ex jefe policiaco está una insólita constancia documental, un papel manuscrito por el director federal de seguridad Luis de la Barreda Moreno donde participa a su subordinado Nazar que enviado desde Monterrey fue recibido en la DFS Piedra Ibarra. Esa pieza, más testimonios y otras constancias, permiten establecer que desapareció en sus manos el presunto miembro de la Liga 23 de Septiembre.

La defensa sacó de la manga la copia de una orden de aprehensión contra Piedra Ibarra girada por un juez del fuero común a pedido del ministerio público local. De existir ese mandamiento no se habría practicado el 18 de abril de 1975 un secuestro, una privación de la libertad sin sustento sino una captura por disposición judicial. Aun si tal orden en efecto se dictara, Nazar no quedaría exonerado, pues la policía política en que tenía funciones de mando carecía de competencia para mantener detenido a Piedra sin presentarlo a la PGR. Pero la copia presentada por la defensa no sólo carece de valor, sino que podría haber sido fabricada ex profeso, hace poco, lo que obligaría por un lado a medir con exactitud la capacidad de reacción de los intereses lastimados por esta acción penal, y por otra parte a denunciar la falsificación e iniciar una averiguación contra quien la realizó o la utilizó.

Igualmente fue desestimada una grabación en que el agente Juventino Romero, prófugo por la inacción policiaca en su contra, no obstante que es localizable como lo prueba el que lo entrevistara un medio de información regiomontano, pretendió desdecirse de su declaración inicial, más atendible que la posterior por haberse realizado ante autoridad judicial. El video de descargo, en cambio, contiene frases cuyo contexto se ignora, sin control formal en su emisión y sin que se sepa si el declarante obraba en libertad o compelido por algún factor de presión o amenaza.

A diferencia del embrollado procedimiento que antecedió a la emisión de la primera orden de captura contra Nazar y De la Barreda, un juez federal con sede en Naucalpan no vaciló en ordenar la aprehensión de esos mismos ex jefes policiacos, y de tres personas más, entre ellas un antiguo procurador de Justicia del estado de México. La interpretación de la Suprema Corte sobre el carácter del delito de secuestro, cuya prescripción sólo empieza a medirse cuando la víctima aparece o se conoce su destino, permitió que el mandamiento judicial fuera dictado sin obstáculos, aunque su tramitación demoró mucho tiempo. Salas Obregón, la víctima en este caso, era reputado como el jefe de la liga después de la muerte de Raúl Ramos Zavala, el líder inicial, y fue detenido por la DFS en Tlalnepantla en abril de 1974, sin que se le remitiera al ministerio público. Anteayer miércoles, el mismo día en que se le inició proceso, Nazar compareció para rendir su declaración preparatoria en lo que puede ser un segundo juicio en su contra.

Podría haber más. Y no sólo aquí. Una declaración del vocero del Departamento de Estado norteamericano que juzgó plausible la detención del ex jefe policiaco vale porque avisa que el caso ha avivado el interés de aquel lado sobre Nazar. No deberá sorprendernos el que se retome el procedimiento iniciado en torno suyo por estar inmiscuido en el comercio de autos robados mientras defendía a la patria desde la DFS.

468 ad