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Comenzará Condusef a sancionar a bancos que tengan cláusulas abusivas en contratos

*Informa el organismo que el sábado entraron en vigor las disposiciones. Las multas van de 500 a 2 mil salarios mínimos si la institución no modifica estos documentos, agregaKarla Galarce Sosa

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) informó que el sábado pasado, entraron en vigor las “disposiciones de carácter general” en materia de “cláusulas abusivas” de contratos de adhesión de las instituciones financieras.
La dependencia federal advirtió que si la institución no modifica los contratos de adhesión, se impondrá una multa de 500 a 2 mil días de salario mínimo vigente en el centro del país.
De acuerdo con información que difundió la Condusef, se cumplió el plazo de 60 días otorgado por la normativa para que las instituciones financieras modificaran sus formatos de contratos de adhesión, y suprimieran las cláusulas abusivas previstas en las disposiciones publicadas el pasado 19 de noviembre en el Diario Oficial de la Federación.
Como resultado de la reforma financiera, ahora Condusef podrá suprimir aquellas cláusulas que versen sobre temas distintos a tasas de interés, comisiones o cualquier otro concepto que implique la contraprestación recibida por la institución financiera, que causen un desequilibrio en los derechos y obligaciones entre institución financiera y usuario, en detrimento o perjuicio de los usuarios.
El organismo puso como ejemplos de los casos o supuestos, en los cuales se considera la existencia de cláusulas abusivas, aquellos que limiten injustificadamente el ejercicio de los derechos del usuario, los que impongan al usuario la obligación de acreditar con pruebas las operaciones, movimientos o pagos efectuados a la propia institución financiera, los que establezcan obligaciones indeterminables para el usuario en caso de incumplimiento de éste al contrato de adhesión, los que permitan a la institución financiera terminar un contrato de adhesión sin notificación previa, los que establezcan como causal de terminación anticipada del contrato de adhesión, la conclusión de otra relación contractual o la realización de actos no vinculados directamente con las obligaciones del usuario convenidas en el contrato.
Además aquellos que impliquen la renuncia del usuario al derecho de ser resarcido o reembolsado de cualquier erogación que corresponda a la institución financiera; o los que permitan la modificación, restricción o ampliación de lo pactado en el contrato de adhesión, sin el consentimiento del usuario, salvo que sea en beneficio del mismo.
Se advirtió que cuando la Condusef determine la existencia de cláusulas abusivas en los contratos de adhesión, previa queja recibida por el usuario, ordenará a la institución financiera la supresión de éstas, misma que deberá acreditar en un plazo no mayor de 15 días hábiles.
“La multa que se impondrá a la institución financiera por no modificar los contratos de adhesión será de 500 a 2 mil días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal npor cada reclamación que proceda”, indica.
En su última actualización al mes de septiembre pasado, el Buró de Entidades Financieras reportó 62 cláusulas abusivas en instituciones bancarias.
Condusef hizo un llamado a los usuarios de servicios financieros, a fin de que si consideran alguna cláusula abusiva en sus contratos de adhesión, bajo los conceptos antes mencionados, presenten su reclamación o queja en esa dependencia.

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