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En septiembre de 2014 fue inhabilitada por la Función Pública la Comercializadora 2003

Jacob Morales Antonio

En agosto del 2014, la Dirección General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas de la Secretaría de la Función Pública informó a las dependencias federales, los estados y a la Procuraduría General de la República (PGR) que deberán de abstenerse de aceptar proposiciones o contratos con la empresa Comercializadora 2003, S.A. de C.V.
La circular número 15 de la SFP informaba de de la inhabilitación por un año a la empresa, fue publicada el 2 de septiembre del 2014 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y entró en vigor el 3 de septiembre de ese año y debe de culminar el 3 de septiembre de 2015.
La causa de la sanción y una multa de 386 mil 446 pesos, fue luego de que la Comercializadora 2003 S.A. de C.V. omitió formalizar el contrato adjudicado derivado de la licitación pública nacional NO. LO-913023989-N129-2012, que otorgó a la empresa el contrato de obra pública del programa de Tratamiento de Aguas Residuales en la localidad de Xochihuacán, municipio de Epazoyucan, del estado de Hidalgo.
El documento de la licitación publicado en el DOF el 29 de noviembre del 2012 no precisa el monto total de la inversión para la realización de la obra. Pero de acuerdo al informe 2012-2013 del presidente municipal de Epazoyucan, Carlos Santillán Muñoz, disponible en la página del gobierno del estado de Hidalgo, la construcción de la planta de tratamiento de aguas residuales representó una inversión de 72 millones 853 mil 589.75 pesos.
El documento de la sanción publicado en el DOF señala: “circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la administración pública federal, a la Procuraduría General de la República, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar proposiciones o celebrar contrato con la empresa comercializadora 2003, S.A. de C.V”.
“Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 78 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 2, 8 y 9, primer párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria; 62, fracción III, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; así como en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo cuarto de la Resolución SAN 039, de catorce de agosto de dos mil catorce, dictada en el expediente SAN/038/2013, a través de la cual se resolvió el procedimiento administrativo de sanción incoado a la empresa Comercializadora 2003, S.A. de C.V.”
Agrega que “las entidades federativas y los municipios interesados deberán cumplir con lo señalado en esta Circular cuando realicen cualquier procedimiento de contratación pública convocado con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.”
“En términos de lo dispuesto en el artículo 78 de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las mismas una vez transcurrido el plazo antes señalado, cesarán sus efectos sin necesidad de un nuevo comunicado, siempre y cuando la infractora haya pagado la multa impuesta en la resolución antes señalada”, finaliza el documento emitido el 18 de agosto del 2014, por el licenciado Jaime Correa Lapuente, Director General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas de la Secretaría de la Función Pública.
La empresa es una de las tres implicadas en la triangulación de 287 millones 12 mil 594 pesos, entre enero de 2012 y septiembre de 2014, además de constructora Travesa, SA de CV, y Comercializadora Topacio SA de CV, lo que derivó en la detención del hermano del gobernador con licencia Ángel Aguirre Rivero, Carlos Mateo Aguirre Rivero, acusado de fraude a diversas instancias de los gobierno estatal y federal.

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