Aplaza la Suprema Corte la discusión de las sentencias de la Coidh en los casos de Valentina e Inés
*Solicitan el Centro Prodh, el Cejil y Tlachinollan a los ministros que asuman que la crisis de violaciones a derechos humanos que vive el país exige mucho más que medidas administrativas y cursos para jueces y juezas. “Se necesitan verdaderas garantías de reparación y no repetición y un efectivo combate a la impunidad, lo que implica revisar los criterios y las prácticas judiciales aplicables en estos casos”, subrayan
Lourdes Chávez
Chilpancingo
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aplazó ayer la discusión del expediente Varios 1396/2011, sobre las sentencias que emitió la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Coidh) por las violaciones de soldados a las mujeres me’phaa Valentina Rosendo Cantú e Inés Fernández Ortega.
El 21 de abril se informó que los ministros de la Corte comenzaron el análisis del expediente, y se esperaba una sentencia para que la tortura sexual sea investigada y juzgada adecuadamente en el país, para que estos casos no queden en la impunidad, como sucede.
No obstante, el nuevo acuerdo implica que el Poder Judicial reconoce que el proyecto que elaboró el ministro Alberto Pérez Dayán debe mejorarse antes de un pronunciamiento definitivo, informaron en un boletín el Centro de Derechos Humanos de la Montaña, Tlachinollan, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil), y el Centro de Derechos Humanos Agustín Pro Juárez (Centro Prodh).
Los organismos consideraron que se abrió la posibilidad de mejorar sustantivamente el proyecto, “no sólo para efectos de que se introduzcan tesis que ya han sido abordadas por la SCJN en otros casos, ante todo para desarrollar con mayor detalle las obligaciones jurisdiccionales sustantivas que ambas sentencias imponen a los órganos de justicia mexicanos en casos de tortura sexual, desde la incorporación de las perspectivas de género y etnicidad, en aspectos como la valoración de la prueba”.
Solicitaron a los ministros que asuman que la crisis de violaciones a derechos humanos que vive el país exige mucho más que medidas administrativas y cursos para jueces y juezas, “se necesitan verdaderas garantías de reparación y no repetición y un efectivo combate a la impunidad, lo que implica revisar los criterios y las prácticas judiciales aplicables en estos casos”.
Recordaron que el análisis de las sentencias de Inés y Valentina pueden ser un parteaguas en la impartición de justicia para las mujeres indígenas, como lo fue la desaparición forzada de Rosendo Radilla Pacheco en materia de control de convencionalidad y fuero militar.
Siendo esta discusión de interés público, hicieron un llamado a que el proyecto incorpore los contenidos propuestos el día de hoy por los Ministros Cossío, Silva, Gutiérrez Ortiz Mena, Zaldívar y por la ministra Sánchez Cordero, y se logre una sentencia vanguardista en la materia.
Estos ministros expresaron su preocuparon porque en la discusión del expediente “no estaba contribuyendo realmente a desarrollar los criterios y estándares sobre tortura sexual y juzgamiento con perspectiva de género y etnicidad, ni tampoco se estaban ampliando los deberes de los juzgados del Poder Judicial de la Federación, donde hoy se ventilan ambos casos”.
Convocaron a la sociedad y a organismos dedicados a la defensa de los derechos humanos, en particular de las mujeres y pueblos indígenas, para que expresen ante la SCJN mediante cartas y otros medios la legítima demanda de que la sentencia en el caso Varios 1396, y contribuya realmente a ampliar las puertas de la justicia para las mujeres indígenas, y para todas las sobrevivientes de la tortura sexual.
La discusión continuará las siguientes semanas, dijeron sin precisar fecha, “para analizar lo concerniente a las obligaciones que las sentencias imponen respecto del juzgamiento de conductas de tortura sexual con perspectiva de género y etnicidad”.
En 2002, las mujeres me’phaa de Guerrero Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú fueron víctimas de graves violaciones a derechos humanos, incluyendo la tortura sexual, por soldados de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).
A pesar de la situación adversa y las amenazas de muerte, Inés y Valentina llevaron su demanda hasta la Coidh que en 2010 emitió dos sentencias de condena al Estado mexicano y dio la razón a ambas mujeres.
Tras la emisión de las sentencias, las mujeres solicitaron en 2011 que como hicieron en el caso de desaparición forzada de Rosendo Radilla en los años 70, la SCJN iniciara un expediente Varios para determinar qué obligaciones corresponden al Poder Judicial de la Federación frente a las sentencias emitidas por la Coidh en su caso.
En particular solicitaron a los ministros que desarrollen interpretaciones en el tema de tortura sexual, el valor de la declaración de las víctimas de delitos sexuales, la impartición de justicia con perspectiva de género y etnicidad, la participación del Poder Judicial de la Federación en los actos de reconocimiento, entre otros.




