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Deja fuera el Trife a Ebrard; revoca su candidatura suplente

Agencia Reforma

Ciudad de México

La Sala Superior del Tribunal Electoral federal ordenó ayer al Consejo General Instituto Nacional Electoral (INE) revocar la postulación de Marcelo Ebrard como candidato suplente a diputado federal.
Con esta resolución, el ex jefe de Gobierno capitalino perdió la última oportunidad de obtener una curul en la Cámara baja.
Por unanimidad, los cinco magistrados presentes consideraron que los consejeros del INE incumplieron la sentencia que la Sala Superior emitió el pasado 29 de abril al resolver el recurso 125, en el que ordenó revocar la postulación del ex Jefe de Gobierno como aspirante propietario en el primer lugar de la lista de Movimiento Ciudadano (MC) por la cuarta circunscripción.
“Nuestra sentencia anterior debe ser acatada en sus términos, de lo contrario redundaría en una formalidad sin el efecto último que tienen las sentencias en el Estado de derecho.
“La ejecutoria irradió a todo el proceso de registro, tanto como candidato propietario como suplente de Movimiento Ciudadano en este proceso electoral”, señaló el Magistrado Constancio Carrasco, presidente del Tribunal.
La Sala Superior resolvió cuatro recursos —dos del Partido Verde, uno del PRD y uno del Panal— que fueron presentados en contra de la nueva postulación de Ebrard, la cual fue avalada por el Consejo General del INE el pasado 13 de mayo como una sustitución solicitada por MC.
Esa resolución fue aprobada por el INE con siete votos a favor y cuatro en contra.
Pero el Verde pidió revocar la decisión de los consejeros, por considerar que se incumplía la sentencia emitida previamente por la Sala Superior.
“Permitir el registro resultaría aceptar un fraude a la ley e implicaría que esta sala aceptara que sus sentencias carecen de eficacia vinculante para las partes”, expuso ayer la Magistrada María del Carmen Alanís en consonancia con el argumento del partido del tucán.
El Magistrado Flavio Galván dijo que, aunque en en la sentencia previa no se había declarado inelegible a Ebrard, sí quedó en los hechos inhabilitado para ocupar la candidatura por la que volvió a ser postulado.
“El registro es como candidato y la revocación fue como candidato, en consecuencia, las autoridades, el partido y el ciudadano estaban en el deber jurídico de acatar y cumplir esta sentencia; al momento en que el partido solicita su registro como candidato a diputado federal suplente, incumple la sentencia”, argumentó Galván.
Ebrard, reiteraron los Magistrados, participó en dos procesos internos de selección en dos partidos distintos a la vez, sin que éstos estuvieran coaligados, algo que prohíbe el artículo 227 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

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