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Ratifica el Trife el fallo de inelegibilidad de Villanueva Vega como candidato del PRD en Coyuca de Catalán

Carlos Navarrete Romero

Chilpancingo

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la sentencia emitida el 20 de mayo, en la que declaró inelegible al ex consejero electoral y ex presidente del Tribunal Electoral del Estado (TEE), Jesús Villanueva Vega, quien estaba registrado como candidato del PRD a la alcaldía de Coyuca de Catalán.
Ayer, en la sesión del Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), se informó sobre el fallo del Trife respecto al juicio de revisión que interpuso el PRD ante la Sala Superior, como un último intento de rescatar la candidatura de Villanueva Vega.
En uno de los puntos del orden del día, respecto a los informes de las sentencias dictadas por el TEE y el Trife, se dio a conocer que la Sala Superior del Tribunal Federal notificó al IEPC el pasado 28 de mayo la sentencia recaída al recurso de reconsideración identificado con el número de expediente SUP-REC-195/2015, promovido por el PRD y Jesús Villanueva, para que se reconsiderara el fallo por el que se declaró inelegible a este último.
El Partido Verde Ecologista de México (PVEM) impugnó ante el TEE la candidatura de Jesús Villanueva, toda vez que éste se desempeñó como consejero electoral hasta septiembre del año pasado, cuando la ley mandata que debía separarse del cargo con dos años de anticipación al proceso electoral.
Sin embargo el TEE dictaminó que Villanueva Vega podía ser candidato, lo que derivó en un juicio de revisión interpuesto por el PVEM ante el Trife, que revocó el fallo del TEE y declaró inelegible al ex consejero electoral.
En respuesta, el PRD interpuso un juicio de revisión ante la Sala Superior del Trife, como una alternativa para que la decisión del órgano jurisdiccional fuera reconsiderada, pero ayer se informó que confirmó la sentencia, por lo que el panista y ex delegado de la Semarnat, Daniel Vega Villanueva, primo hermano del ex consejero electoral, quedó como candidato a esa alcaldía.
En la sesión de ayer se informó también que durante la recepción de las boletas electorales en los Consejos Distritales locales, el 04 con sede en Acapulco recibió 20 boletas del municipio de Acatepec con el folio inicial 134 mil 202 al folio final de 134 mil 221.
Ante esta situación se requirió la reposición de las 20 boletas faltantes de Acapulco.
Mediante tarjeta informativa, signada por el secretario técnico del Consejo Distrital 15 con sede en San Luis Acatlán, se informó el faltante de seis boletas de la elección de San Luis Acatlán, con los siguientes folios: 013,883; 013,884; 016,075; 016,076; 020,459 y 020,460.
“Por lo anterior, la presidencia de este Instituto solicitó por medio de oficio a Talleres Gráficos de México, la inmediata reposición de las veinte boletas faltantes del municipio de Acapulco de Juárez y las seis boletas faltantes del Municipio de San Luis Acatlán”.
Se aprobó un acuerdo que faculta a los presidentes y secretarios técnicos de los 28 Consejos Distritales, para que durante la apertura de los paquetes electorales y auxiliados con el personal necesario, a extraer de los paquetes electorales, la lista nominal de electores entregada al representante del partido político local, candidatos independientes y relación de ciudadanos que no votaron y no aparecen en lista nominal, los escritos de protesta y de incidentes presentados en cada una de las casillas.
Los secretarios técnicos de los consejos distritales deberán levantar el acta circunstanciada correspondiente, señalando las casillas en que se obtuvo la documentación; debiendo grabar la sesión de manera ininterrumpida para garantizar la autenticidad de la extracción de la información.
También se instruye a los presidentes de los consejos distritales para que al término de los cómputos, informen al pleno del consejo distrital del total de escritos de protesta e incidentes y lista nominal de electores que se extrajeron de los paquetes electorales, así como las secciones y tipo de casillas en que se obtuvieron.
Otro acuerdo aprobado por el IEPC que autoriza a los Consejos Distritales a adoptar, según sea el caso, alguno de los mecanismos establecidos en el convenio general de coordinación signado entre el Instituto Nacional Electoral (INE) y el IEPC, que consiste en la recolección y traslado del funcionario de casilla y del paquete electoral, así como la entrega de dichos paquetes por parte de los Auxiliares Electorales designados.
Cabe señalar que el traslado de los paquetes electorales a los órganos competentes se realizará una vez que hayan sido concluidos el escrutinio y cómputo, llenada la documentación de las elecciones federal y local, y clausurada la casilla.
También se modificó el diverso 130/SE/08-05-2015 aprobado el 8 de mayo, en el que se aprobó el registro de Antonio Orozco Crescencio, al cargo de presidente municipal suplente del Ayuntamiento de San Miguel Totolapan, debiendo prevalecer la candidatura de Vicente Saúl Beltrán Reyes, postulado por el PRI, y quien había sido sustituido.

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