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Rechaza la Suprema Corte de Justicia de la Nación atraer el caso Aristegui-MVS

*Ningún ministro de la Primera o Segunda salas se ofreció para hacer suya la solicitud de los abogados de la periodista para atraer un recurso con el que la empresa impugnó la admisión del amparo promovido contra su despido

Víctor Fuentes / Agencia Reforma

Ciudad de México

La Suprema Corte de Justicia de la Nación no conocerá, por ahora, del litigio entre Carmen Aristegui y Grupo MVS.
Ningún ministro de la Primera o Segunda salas de la Corte se ofreció para hacer suya la solicitud de los abogados de Aristegui para atraer un recurso con el que MVS impugnó la admisión del amparo promovido por la periodista en contra de su despido.
Los abogados no estaban legitimados para solicitar a la Corte el ejercicio de su facultad de atracción, por lo que era necesario que algún ministro la hiciera suya, de tal manera que iniciara el trámite correspondiente y, eventualmente, una de las Salas resolviera si dicha atracción era o no procedente.
Sin embargo, en sesiones privadas de hoy, ninguno de los 10 ministros manifestó interés por el asunto, por lo que la queja de MVS será resuelta por el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa.
El único punto a resolver en esta queja es si el juez de Distrito Fernando Silva García actuó correctamente al admitir el amparo de Aristegui, dándole a una empresa privada como MVS el carácter de una autoridad de gobierno, o si, por el contrario, el amparo debió ser desechado de inmediato por notoria improcedencia.
Es decir, ante la Corte no estaba la posibilidad de analizar los temas de fondo de este amparo, que consisten en resolver si el cese de Aristegui y los lineamientos que MVS impuso a sus conductores violan derechos humanos.
La Ley de Amparo vigente desde 2013 permite que algunos actos de particulares sean impugnados por esta vía, y no está claro hasta qué punto las concesionarias de radiodifusión pueden ser equiparadas con autoridades.
El tribunal colegiado no tiene plazo para resolver la queja y el asunto está en manos del magistrado Pablo Domínguez Peregrina, que tiene más de 23 años como juzgador federal.
MVS sostiene que no ha realizado actos equivalentes a los de una autoridad, que su disputa con Aristegui es contractual, y que por ello ya promovió una demanda mercantil que se tramita ante Guillermo Campos, un juez de distrito en materia civil que se ha negado a suspender ese litigio mientras se resuelve el amparo.
En paralelo al amparo, cuyo trámite está congelado mientras se resuelve la queja de MVS, el juez Silva concedió el 12 de mayo una suspensión definitiva en favor de Aristegui, en la que ordenó reuniones conciliatorias entre las partes, que no tuvieron éxito, y que se mantenga el pago de salarios a la periodista, hasta que expire su contrato en diciembre de 2015.
Esta suspensión ya también fue impugnada por MVS ante un tribunal colegiado.

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