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Da a conocer la PGR las reglas para el pago de la recompensa por el narcotraficante

Agencia Proceso

Ciudad de México

En 2014 el gobierno federal ofreció 30 millones de pesos por el líder del cártel del Pacífico, Joaquín El Chapo Guzmán. Hoy, después de su segunda fuga, la suma se duplicó a 60 millones de pesos, cifra histórica en ese renglón.
La Procuraduría General de la República (PGR) publicó este martes en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo específico por el que se ofrece dicha recompensa a quien aporte información veraz sobre el paradero de Guzmán Loera, quien la noche del sábado 12 se fugó del penal de máxima seguridad del Altiplano, a través de un túnel de más de mil 500 metros que conectaba la regadera de su celda con el exterior.
El documento especifica que el ofrecimiento y entrega de recompensa no será aplicable a los servidores públicos con funciones relacionadas con la seguridad pública, administración de justicia y ejecución de sanciones penales.
Menciona que por razones de seguridad, a fin de evitar filtraciones que pongan en riesgo las investigaciones, así como las acciones de coordinación entre las autoridades competentes, se omiten en dicho acuerdo los datos de identificación de los procedimientos penales en que se han librado las órdenes judiciales y ministeriales respectivas, así como de las autoridades correspondientes.
El acuerdo publicado subraya que la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO) designará un servidor público que recibirá la información sobre el paradero de El Chapo y será el encargado de mantener la comunicación permanente con la persona o personas que la hayan aportado, a fin de aclararla o complementarla.
Asimismo, asignará un número confidencial que tendrá carácter de personal e intransferible, debiendo en todo momento levantar acta de la comunicación y de su contenido.
La información que se aporte, el número de identificación confidencial y, en su caso, los datos personales de quien la haya proporcionado, así como las actas que se levanten y toda la documentación e información que se generen con motivo de este acuerdo, se clasificarán como información estrictamente reservada y confidencial.
No obstante, puntualiza que si dentro de los diez días hábiles siguientes a la comunicación, la persona a quien debe entregarse la recompensa no proporciona el número de la cuenta bancaria o no acude a la cita, sin causa justificada, perderá el derecho a recibir la misma.

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