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Ratifica el TEE la anulación de la elección de Tixtla, fallo que el PRI pedía revertir

Carlos Navarrete Romero

Chilpancingo

El Tribunal Electoral del Estado (TEE) declaró improcedente el juicio de reconsideración que promovieron el PRI y el PVEM en contra del fallo de la primera sala unitaria que declaró la nulidad de la elección en Tixtla.
El pasado 8 de julio el TEE anuló la elección de Ayuntamiento en el municipio de Tixtla, luego de confirmar que el pasado 7 de junio en el 44 por ciento de las secciones electorales no se instalaron las casillas para votar, por lo que se convocará a un proceso extraordinario.
En ese municipio, con una participación ciudadana de apenas el 16 por ciento, el triunfo había sido para el candidato del PRI-PVEM, Saúl Nava Astudillo, por lo que ambos partidos presentaron un juicio de reconsideración ante el órgano jurisdiccional a fin de mantener el triunfo.
Sin embargo ayer a la una de la tarde, la sala de segunda instancia que preside la magistrada Hilda Rosa Delgado Brito, lo declaró improcedente y confirmó el fallo de la tercera sala unitaria que ordenó la anulación de la elección, y se revocó la constancia de mayoría y validez que se le entregó a Nava Astudillo.
Otro juicio de reconsideración que se declaró infundado fue el que presentó el PT, mediante el que pretendía revertir la resolución de la tercera sala unitaria que, aunque declaró parcialmente fundada su impugnación en la elección de ayuntamiento en Tlalixtaquilla de Maldonado, no modificó el triunfo del PRI, partido que ganó con Erika Guadalupe Espinosa Cuéllar.
El PT consiguió, en primera instancia, la nulidad de la casilla 2544 con la intención de cambiar los resultados a su favor, pero a pesar de conseguirlo el PRI se mantuvo arriba con los votos, por lo que se confirmó su triunfo en ese municipio.
Respecto a esa misma elección, el PRI presentó también un recurso de reconsideración en contra de la tercera sala, a fin de que los votos de la casilla 2544 sí fueran válidos.
La sala de segunda instancia declaró ayer procedente la solicitud y se validaron los sufragios de esa casilla.
Asimismo, el órgano declaró infundado el juicio de reconsideración que presentó el PRI en contra de la tercera sala unitaria que desechó la impugnación contra la elección municipal de José Joaquín de Herrera, donde el PRD ganó con Angelina García Merino.
De igual forma, la sala de segunda instancia consideró infundado el medio de reconsideración promovido por el PRD contra la re-solución de la tercera sala unitaria, que desechó su impugnación a la elección de diputado local en el distrito 15 con cabecera en San Luis Acatlán, donde ganaron el PRI y el PVEM con Luis Justo Bautista.
El PRD alegaba la inelegibilidad de Bau-tista, quien fue alcalde de Azoyú, bajo el argumento de que no cumplía los requisitos.
También fue desechado el recurso de reconsideración promovido por Movimiento Ciudadano en contra de la cuarta sala unitaria que declaró infundada su impugnación por la que el partido pretendía revertir los resultados en la elección municipal de Metlatónoc, donde ganó el PRD con Matías Ortiz Rodríguez.
Finalmente, el órgano jurisdiccional declaró procedente el juicio electoral ciudadano promovido por el ex candidato de Movimiento Ciuda-dano, Manuel Salinas Céspedes, para que su testimonio por escrito sea considerado por la cuarta sala unitaria en el juicio de inconformidad que promueve este partido en contra de la elección municipal de Copala.

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