Recibe el gobierno de Guerrero durante 2011 seis recomendaciones de la CNDH
Zacarías Cervantes
Chilpancingo
El gobierno de Guerrero acumuló durante el 2011 seis recomendaciones que emitió la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), cinco de ellas por recursos de impugnación, luego de que las autoridades estatales rechazaron las recomendaciones que emitió primero la Comisión Estatal.
Asimismo, de las seis recomendaciones cuatro de ellas obedecieron a negligencia médica por parte de centros hospitalarios del estado. Otra más fue por omisión de cuidados de servidores públicos de la Secretaría de Educación Guerrero y la otra por la privación de la vida de un menor indígena por soldados del Ejército mexicano por lo que también va dirigida al secretario de la Defensa Nacional, Guillermo Galván.
Aunque las violaciones a los derechos humanos de quienes presentaron la queja ocurrieron en la administración estatal anterior, las recomendaciones fueron emitidas al actual gobernador Ángel Aguirre Rivero, según la página de Internet de la CNDH, en la que no se informa la respuesta del gobierno estatal a estas recomendaciones.
En las seis recomendaciones se omite la identidad de los afectados “con el propósito de proteger la identidad de las personas involucradas en los hechos y asegurar que sus nombres y datos personales no se divulguen, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4, párrafo segundo, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos”, se aclara en los documentos.
La primera recomendación es la 95/2011, por negligencia médica y con motivo del recurso de impugnación, que fue emitido el 19 diciembre del 2011.
En esta recomendación se pide al gobernador Ángel Aguirre que gire instrucciones al secretario de Salud para que acepte y dé cumplimiento total a la recomendación 029/2011, emitida el 18 de marzo de 2011 por la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos “y se mantenga informado a este organismo nacional enviando las constancias con las que se acredite su cumplimiento”.
Asimismo recomienda al gobernador que gire instrucciones para que en los centros dependientes de la Secretaría de Salud, “especialmente en el Centro de Salud Guillermo Soberón Acevedo de Chilpancingo, se diseñen e impartan cursos integrales de capacitación y formación en materia de derechos humanos, así como del conocimiento, manejo y observancia de las Normas Oficiales Mexicanas en materia de salud, con objeto de evitar omisiones como las que dieron origen al presente pronunciamiento, y se envíen a esta Comisión Nacional las constancias que acrediten su cumplimiento, así como los indicadores de gestión o de evaluación que se apliquen al personal que reciba los mismos, en los cuales se señale el impacto efectivo de la capacitación”.
La citada recomendación se derivó de la queja que se presentó el 3 de septiembre de 2010, por negligencia médica en contra del Centro de Salud Guillermo Soberón Acevedo, de la Secretaría de Salud, ubicado en Chilpancingo.
La otra recomendación es la 94/2011 del 19 de diciembre del 2011, también con motivo de un recurso de impugnación que presentó el quejoso.
En este expediente se pide al gobernador que gire instrucciones al secretario de Salud para que acepte y dé cumplimiento total a la recomendación 049/2011, emitida el 11 de mayo de 2011 por la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos.
Asimismo que gire instrucciones para que en los centros dependientes de la Secretaría de Salud de esa entidad federativa, “especialmente el hospital Básico Comunitario de Xochihuehuetlán, se diseñen e impartan cursos integrales de capacitación y formación en materia de derechos humanos, así como del conocimiento, manejo y observancia de las Normas Oficiales Mexicanas en materia de salud, con objeto de evitar omisiones como las que dieron origen al presente pronunciamiento”.
La recomendación se originó luego de que el 18 de octubre de 2010, una menor sufrió una caída y se golpeó el abdomen en una jardinera, por lo que fue trasladada al hospital Básico Comunitario de Xochihuehuetlán, en donde sus familiares tuvieron que esperar media hora para que fuera atendida en el área de urgencias. Debido a la negligencia la menor se agravó y tuvo que ser trasladada al hospital de Acatlán, Puebla, donde falleció.
Por lo anterior, el 22 de diciembre de 2010, la madre de la menor presentó una queja ante la Comisión Estatal de Defensa de los Derechos Humanos quien recomendó iniciar procedimiento administrativo a los responsables, pero la recomendación fue rechazada.
La tercera recomendación es la 93/2011, con motivo del recurso de impugnación emitido el mismo 19 de diciembre del 2011.
El quejoso denunció que en el hospital Básico Comunitario de Arcelia, por negligencia médica falleció su hijo “como causa de un problema pulmonar, explicación que no satisfizo a los padres de la víctima, toda vez que manifestaron que durante su traslado al hospital el paciente se encontraba consciente, platicando y que incluso había descendido de la ambulancia por su propio pie”.
Por ello, la Comisión Estatal emitió la recomendación para que se aplicaran la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, sin embargo fue rechazada, por lo que los familiares del fallecido acudieron a la CNDH, que recomendó al gobernador que instruya al secretario e Salud para que acepte la recomendación 023/2011, emitida el 8 de marzo de 2011 por la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos.
La otra recomendación es la 92/2011 por la omisión en la protección y auxilio de un niño en que incurrieron servidores de la Secretaría de Educación Guerrero, “así como la deficiente integración de la investigación por parte de la Procuraduría General de Justicia del Estado. La recomendación se emitió el mismo 19 de diciembre del 2011.
De acuerdo al expediente el 29 de septiembre de 2009, el niño de 12 años de edad, quien cursaba el primer grado en la Escuela Secundaria Técnica 68 de Acapulco, cayó durante la clase de educación física, golpeándose la cabeza en el suelo de la cancha de basquetbol.
La profesora de educación física adscrita a la Secretaría de Educación de Guerrero, y titular de la clase que en ese momento se llevaba a cabo, “omitió brindarle la atención necesaria pues no lo remitió al servicio médico de la escuela para su valoración, ni avisó oportunamente a las autoridades escolares ni a sus padres acerca del suceso; únicamente le indicó que se sentara en una banca por el resto de la clase”, se señala en el expediente.
La CNDH recomendó en este caso al gobernador que instruya a quien corresponda, “a efecto de que se tomen las medidas necesarias para reparar los daños al estudiante de secundaria con motivo de la responsabilidad institucional en que incurrieron los servidores públicos de la Escuela Secundaria Técnica 68 en Acapulco.
Además pide que se giren instrucciones a quien corresponda, para que se reparen los daños psicológicos ocasionados, tendentes a reducir los padecimientos que presenten, a través del tratamiento médico y psicológico que sea necesario para restablecer su salud física y mental.
Otra de las recomendaciones es la 67/2011 por la privación de la vida de un menor de edad. La recomendación es también para el secretario de la Defensa Nacional Guillermo Galván Galván.
La recomendación está relacionada con el asesinato por militares del 93 Batallón de Infantería de la 35 Zona Militar, de un joven indígena de 17 años, el 26 de octubre de 2010, cuando realizaba la búsqueda de un animal, en las inmediaciones del poblado de San Juan Bautista Coapala, municipio de Atlixtac.
La autoridad militar señaló a través de un comunicado de prensa que sus soldados fueron atacados por presuntos integrantes de la delincuencia organizada, y que el joven portaba un arma AK 47, sin embargo según la recomendación, la acusación nunca fue acreditada.
La recomendación al gobernador Aguirre Rivero es para que instruya al procurador general de Justicia que se realicen las diligencias necesarias para integrar debidamente la averiguación previa, “y se determine lo que en derecho proceda”, a fin de que se esclarezca la privación de la vida del joven indígena.
Además, recomienda que se “colabore ampliamente con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en el trámite de la queja que este organismo público promueva ante la Contraloría General del Estado de Guerrero, en contra del personal ministerial del Distrito Judicial de Álvarez en Chilapa.
Mientras que al secretario de la Defensa Nacional pide que emita sus instrucciones, a fin de que se repare el daño a los familiares de la víctima como en derecho proceda, “en términos de lo señalado en el presente documento, e informe a esta Comisión Nacional sobre el resultado de sus gestiones y remita las constancias que acrediten su cumplimiento”.
También le recomienda que gire instrucciones, a efecto de que en la averiguación previa, “se realicen de manera inmediata todas las diligencias que se requieran para el debido esclarecimiento de los hechos en los que perdiera la vida el joven de 17 años, y, en su caso, se determine el ejercicio de la acción penal correspondiente.
Otra recomendación es la 35/2011, emitida el 21 de junio de 2011 como consecuencia de la queja que presentaron familiares de una mujer debido a que el 25 de mayo de 2009, con un embarazo de 39 semanas de gestación, ingresó al Hospital General Adolfo Prieto, perteneciente a la Secretaría de Salud, pero al llegar a ese lugar fue recibida por una médico interna de pregrado, quien, según dicho del quejoso, la valoró, manifestándole que “todo estaba bien”, pero debido a la deficiente atención la paciente falleció el 26 de mayo de 2009, determinándose como causas de su muerte falla orgánica múltiple, “acidosis metabólica y asfixia neonatal severas”. Los familiares de la víctima presentaron la queja ante la Comisión Estatal pero ésta fue rechazada por lo que acudieron a la CNDH.
La Comisión Nacional recomendó por tanto al gobernador que gire sus instrucciones al secretario de Salud para que acepte y dé cumplimiento total a la recomendación 051/2010, emitida el 26 de mayo de 2010 por la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos.
También que gire sus instrucciones para que en los hospitales dependientes de la Secretaría de Salud de esa entidad federativa, especialmente el Hospital General Adolfo Prieto de Taxco, se diseñen e impartan cursos integrales de capacitación y formación en materia de derechos humanos, así como del conocimiento manejo y observancia de las Normas Oficiales Mexicanas en materia de salud, “con el objeto de evitar omisiones como las que dieron origen al presente pronunciamiento”.




