Piden reforzar ley de desaparecidos e incluir a las víctimas de las décadas de los 60, 70 y 80
Agencia Reforma
Ciudad de México
La Ley General sobre Desaparición Forzada debe incluir un concepto amplio de lo que es una persona en esa condición, obligar a la creación de un registro nacional de casos y detenidos, y establecer modificaciones legales que garanticen protocolos de actuación, sostuvieron la Oficina del Alto Comisionado y expertos en el tema.
Con motivo del Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, la oficina en México de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos llamó a que la legislación considere a las personas desaparecidas en las décadas de los 60, 70 y 80, y a aquellas desaparecidas por particulares o con anuencia del Estado.
“La futura ley general debería adoptar un enfoque integral que reconozca y contemple las múltiples dimensiones de la tragedia que enfrentan las personas desaparecidas y sus familias, de conformidad con los compromisos internacionales adoptados por el Estado mexicano”, expresó en un comunicado.
Con base en recomendaciones del Comité contra la Desaparición Forzada y el Grupo de Trabajo de la ONU, recordó que se debe crear un sistema nacional y un mecanismo transnacional de búsqueda.
Llamó a las autoridades a fortalecer los servicios periciales y a garantizar la realización de investigaciones efectivas, rápidas, completas, independientes e imparciales.
Destacó que la legislación debe proveer de mecanismo de reparación integral a las víctimas, además de apoyo e información a las familias de los desaparecidos.
Santiago Corcuera, integrante del Comité contra Desapariciones Forzadas de la ONU, y el abogado Sandino Rivero, quien lleva casos de personas con familiares en esta situación, coincidieron en que es fundamentar una buena tipificación del delito.
Corcuera explicó que en México hay estados que no contemplan este delito, mientras que otros, al igual que el Código Penal Federal, lo tienen mal tipificado.
“Debe ser un tipo penal nacional, pero respetando las competencias de cada una de las entidades”, comentó.
Pero también debe existir, agregó, un registro nacional de desaparecidos y de personas detenidas, cualquiera que sea el lugar donde estén, incluidos psiquiátricos, estaciones migratorias, reclusorios, cárceles, y que cuando una persona entre ahí, se le avise inmediatamente a los familiares.
En tanto, Sandino Rivero abogó por un banco nacional de ADN, la preservación de muestras genéticas de cuerpos no identificados, antes de que sean incinerados, y el acceso inmediato a cuarteles militares y a los expedientes de la investigación
“Necesariamente también debe quedar en la ley general el acceso a todas las constancias que integran la investigación, porque sigue pasando que no quieren dar ese acceso en casos de desaparición forzada”, consideró.
Proponen la creación de un instituto forense
Organizaciones unidas bajo la Campaña Nacional contra la Desaparición Forzada enviarán el 3 de septiembre al Senado su propia iniciativa de Ley General, la cual pide la creación de un Instituto Autónomo en Investigación Forense.
La instancia, que proponen trabaje con recursos e infraestructura propia, contaría con especialistas en antropología y arqueología forense, biogenética, investigación de contextos y psicólogos sociales.
“Estaría a cargo de realizar la identificación de cada resto mortuorio localizado, así como darles resguardo, en un área especial, por 365 días naturales”, se lee en la iniciativa.
Para garantizar la continuidad de la personalidad jurídica de la persona desaparecida, las organizaciones abogaron por la declaración de ausencia, la cual daría un plazo de 30 días en la búsqueda y localización del desaparecido antes de ser dictada.
La declaratoria permitiría nombrar un depositario de los bienes de la persona y permitir que sus familiares sigan gozando del régimen de seguridad social del que era beneficiario el desaparecido.
Juan Carlos Gutiérrez, director de la organización I(dh)eas, abogó por incluir mecanismos de colaboración con personas detenidas, investigadas, procesadas o sentenciadas, que hayan participado en las desapariciones, tengan información sobre el paradero de la víctima o sobre las estructuras criminales responsables.
Destacó la importancia de incluir un apartado sobre la reparación del daño.
Alistan el protocolo
Los lineamientos y protocolos para una Ley Nacional de Desaparición Forzada deben contemplar varias situaciones y sobre todo tomar en cuenta a familiares de personas que han sido víctimas.
Por ello, la Comisión de Derechos Humanos del DF (CDHDF) ha enviado al Senado y la Secretaría de Gobernación algunos de los contenidos mínimos que debería contener esta nueva ley.
“Hicimos llegar de manera institucional primero un documento donde recogimos 15 puntos de lo que debe tener una ley general, acorde a los estándares internacionales”, expresó en entrevista Perla Gómez, titular del organismo.
Los puntos incluyen temas de sistematización de datos, reparación del daño, protocolos de búsqueda de personas y cómo debe manejarse el tema de la ausencia en materia civil, para evitar una parálisis administrativa a los familiares de alguien desaparecido.




