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Deja el Trife sólo ocho plurinominales a mujeres y devuelve al PRD una diputación

*En lugar de Oralia Domínguez Cristóbal repone al petista Fredy García Guevara

Zacarías Cervantes y Daniel Velázquez

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Trife) modificó la sentencia dictada por la sala de segunda instancia del Tribunal Electoral del Estado (TEE) que en atención a la paridad de género había resuelto que los diputados de representación proporcional fueran nueve hombres y nueve mujeres, y devolvió la diputación a Fredy García Guevara del PT y al PRD la que se le había asignado al PRI.
El Trife también ratificó el triunfo del PRD en el distrito 16 a favor de Coral Mendoza Falcón.
Con la sentencia del Trife se anuló el concepto de paridad con el que el TEE había asignado las diputaciones plurinominales del Congreso local, pues asignó diez diputaciones plurinominales para varones y ocho para mujeres.
El fallo el Trife establece que el TEE “realizo? una errónea aplicación de la fórmula de asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional y del principio de paridad de género”.
Los magistrados del Trife argumentaron que la paridad de género “se protege en la elaboración, presentación y registro de candidatos y que la misma no está prevista en la fase posterior a la elección”.
De los diputados plurinominales salió la priista Isabel Rodríguez Córdova, que está en el sexto lugar de la lista del PRI, y volvió a la relación de plurinominales la perredista María Martha Ríos Moreno que va en el sexto lugar de la lista del PRD; salió la petista Oralia Domínguez Cristóbal y su lugar lo ocupó Fredy García Guevara.
Con la sentencia del Trife, la composición del Congreso local quedará así: el PRI tendrá 18 diputados locales, 13 de ellos por mayoría relativa y cinco plurinominales; el PRD tendrá 15 diputaciones, 9 por mayoría relativa y seis por representación proporcional; el PVEM tendrá cinco diputados locales, todos de mayoría relativa y uno de representación proporcional; el PAN y Movimiento Ciudadano, dos diputados cada uno por representación proporcional; el PT tendrá un diputado de mayoría relativa y uno de representación proporcional, y Morena una diputación proporcional.
La sentencia del Trife consideró que fue “adecuada la asignación de diputados por el principio de representación proporcional” por parte del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC).
Ordenó al IEPC “entregar dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación de este fallo las constancias correspondientes” a los diputados locales electos por representación proporcional e informar al Trife del cumplimiento de la sentencia.
El 25 de agosto el TEE resolvió que los 18 espacios plurinominales del Congreso local deberían repartirse equitativamente, nueve para mujeres y nueve para varones; al PRI le otorgó 6 diputaciones plurinominales, 3 hombres y 3 mujeres; al PRD 5, 3 hombres y 2 mujeres; al PAN uno y una; al Movimiento Ciudadano uno y una; al PVEM un diputado; al PT una diputada y a Morena, otra mujer.
El fallo del TEE fue en apegó a los señalamientos que la Red por el Avance Político de las Mujeres había hecho de que en otras entidades, como Coahuila en 2014, se ordenó al órgano electoral local que asignara las diputaciones plurinominales necesarias a mujeres, para que el Poder Legislativo estuviera conformado en un 50 por ciento por mujeres y 50 por ciento por hombres.

El caso del Distrito 16

Por otra parte, el Trife ratificó el triunfo de la candidata de la coalición PRD-PT en el distrito 16 con sede en Ometepec, y declaró inoperantes los agravios expuestos por el PRI para revertir la victoria de Coral Mendoza Falcón.
El distrito 16 originalmente lo ganó el PRD en la elección del 7 de junio, pero el 5 de julio el TEE revocó la constancia de mayoría de la perredista y dio el triufno a la candidata priista Hortencia Montero Mayrén.
El 18 de agosto el TEE devolvió el triunfo a Mendoza Falcón.
En su sentencia del lunes, el Trife cuestionó: “¿Es posible validar los resultados que derivaron del recuento de siete casillas, con resultados discordantes respecto del cómputo distrital original, lo cual pudiera ser suficiente para revertir el resultado de la elección?”
En respuesta su planteamiento el Trife añadió que “las reglas de la lógica, la sana crítica y la experiencia, indican que no es común que en escrutinio y cómputo de casillas y en el respectivo llenado de las actas, los funcionarios de la mesa directiva de casilla cometan errores de la magnitud que se evidencio? en las siete de las ocho casillas objeto de recuento; esto es, no es verosímil lógica y jurídicamente que se hayan calificado incorrectamente una importante cantidad de votos. La falta de certeza en el resultado obtenido en el recuento, se traduce en que no puede otorgársele validez alguna”.
En la sesión del lunes el Trife desechó de plano la demanda de juicio ciudadano presentada por Silvano Blanco Deaquino, en contra de la resolución dictada en los expedientes TEE/SSI/JIN/003/2015 y sus acumulados, por la Sala de Segunda Instancia del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero, sobre las diputaciones de representación proporcional por haberla presentado de forma extemporánea.
Blanco de Aquino está en el tercer lugar de la lista de diputados locales por vía de representación proporcional de Movimiento Ciudadano.

Confirma el TEE el triunfo del PRI-PVEM por la Presidencia Municipal de Copala

El Tribunal Electoral del Estado (TEE) confirmó el triunfo de la candidatura común, postulada por el PRI-PVEM, en el municipio de Copala.
La sala de segunda instancia del TEE confirmó en su sesión de este martes el triunfo de la candidatura común, postulada por el PRI-PVEM, en el municipio de Copala, aunque esta sala consideró “parcialmente fundado” el recurso de reconsideración promovido por Movimiento Ciudadano, para realizar el recuento de la casilla 845 contigua 1.
Sin embargo, estableció en su resolución que al realizarse el nuevo escrutinio, el paquete electoral presentado fue el de la casilla 846 contigua 1, por lo que resolvió la anulación de ambas, toda vez que se “vulneró el principio de certeza en el resultado electoral de esas casillas”.
En el dictamen, se explica que la resta de sufragios no modificó al ganador, por lo que se confirmó el triunfo del candidato del PRI-PVEM, Nazario Damián Céspedes. También se confirmó la asignación de regidores. (Zacarías Cervantes).

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