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Desclasifica el INAI averiguación previa de la PGR sobre delitos ambientales en Ecatepec

Agencia Proceso

Ciudad de México).

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Procuraduría General de la República (PGR) entregar versiones públicas de nueve dictámenes periciales contenidos en una averiguación previa abierta por presuntos delitos ambientales en la construcción de viviendas sobre terrenos contaminados con metales pesados en Ecatepec, Estado de México.
La dependencia a cargo de Areli Gómez había clasificado los dictámenes de la averiguación 74/UEIDAPLE/DA/18/2011 solicitados por un particular, como reservados y confidenciales por 12 años, con el argumento de que debía guardar la reserva de las averiguaciones previas y no podía divulgar datos confidenciales de servidores públicos.
La respuesta fue impugnada por el particular ante el Inai y el caso fue turnado a la comisionada Areli Cano Guadiana.
Durante los alegatos, la PGR indicó que no se había autorizado el ejercicio de la acción penal en la averiguación previa mencionada y reconoció la existencia de nueve peritajes.
Sin embargo argumentó que no procedía entregar versión pública de éstos porque no había transcurrido un plazo igual al de la prescripción de los delitos investigados.
En su análisis, Cano Guadiana advirtió que, en efecto, la averiguación previa fue concluida con el no ejercicio de la acción penal debido a la falta de datos que hubieran dado lugar a la comisión de ilícitos de carácter ambiental previstos en los artículos 414 y 415 del Código Penal Federal.
Al respecto, y con base en lo previsto en el párrafo cuarto del artículo 16 del Código Federal de Procedimientos Penales, señaló que no es necesario esperar a que transcurra algún plazo para su publicidad, “pues no se afecta diligencia alguna de la autoridad en razón de que no hay conducta ilícita a perseguir”.
Así, consideró improcedente la clasificación invocada por la PGR y estimó que las documentales solicitadas por el recurrente “son susceptibles de entregarse en versión pública, protegiendo la información confidencial y reservada que pudiera obrar en ellas”.
Cano Guadiana hizo énfasis en la importancia de proteger el nombre y firma de los peritos, ya que “personas con interés en la obtención de resultados distintos a los que obran en los dictámenes correspondientes pueden atentar en contra de su vida y seguridad, incluso de las familias”.
Finalmente, a propuesta de Cano Guadiana, el Pleno del Inai revocó la respuesta de la PGR y le instruyó a entregar versión pública de los nueve dictámenes periciales contenidos en la averiguación previa 74/UEIDAPLE/DA/18/2011.
Únicamente deberá proteger nombre y firma del perito oficial y del agente del Ministerio Público solicitante del peritaje, su domicilio particular y el nombre del denunciante en la averiguación previa.

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