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Definirá la SCJN si hospitales públicos discriminan a mujeres que desean abortar por embarazos riesgosos

*La mayoría de ministros consideró que se debe analizar si existe una “exclusión implícita” del Congreso por no haber previsto el daño a la salud de la mujer como una causa de exclusión del delito de aborto en el Código Penal Federal

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estudiará si existe discriminación por el hecho de que las mujeres con embarazos de alto riesgo no pueden abortar en hospitales y clínicas de dependencias federales.
Por 3 votos contra 2, la Primera Sala decidió ayer revisar el amparo promovido por Margarita Pino Salazar contra la negativa del Centro Médico Nacional 20 de Noviembre del ISSSTE para practicarle un aborto por motivos de salud.
La mayoría de ministros consideró que se debe analizar si existe una “exclusión implícita” del Congreso por no haber previsto el daño a la salud de la mujer como una causa de exclusión del delito de aborto en el Código Penal Federal (CPF).
Cabe mencionar que éste sí permite el aborto “cuando la mujer embarazada o el producto corran peligro de muerte”, previo dictamen de dos médicos, y también en casos de violación.
“Los artículos 333 y 334 del CPF, al excluir la causal señalada, lo que denota es una idea de percibir a la mujer como un ente biológico cuyo principal papel es la procreación, siendo que el estándar internacional establece que en situaciones así, debe prevalecer su derecho a la salud por encima de cualquier otra expectativa de vida del producto”, alegó Pino en su amparo.
Un juez federal desechó la demanda por improcedente por dos razones básicas: de concederse el amparo, el Poder Judicial no podría ordenarle al Congreso que legisle para establecer la salud de la mujer como causa de exclusión del delito de aborto, ya que estas sentencias sólo pueden beneficiar al quejoso.
La otra razón es que Pino sí se pudo practicar el aborto en 2013 en un hospital privado, donde no rigen las disposiciones del CPF, sino las leyes penales del DF.
“Se estudiará si el fallo del juez impidió a la quejosa ejercer su derecho de acceso a la justicia, a la salud, a la igualdad y no discriminación, a la vida privada y a la autonomía reproductiva”, justificó la mayoría de ministros, que aceptó una petición de su colega Olga Sánchez Cordero para asumir el caso.
Los ministros José Ramón Cossío y Jorge Pardo votaron en contra. (Víctor Fuentes / Agencia Reforma / Ciudad de México).

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