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Presentan los alegatos para la libertad de Nestora; se demostró que es policía comunitaria

Lourdes Chávez

Chilpancingo

A más de un año de iniciada la apelación por la libertad de la coordinadora de la Policía Comunitaria, Nestora Salgado García, ayer se hizo la audiencia de presentación de alegatos en la Segunda Sala Penal, y si el Poder Judicial tiene la voluntad que expresó la presidenta Lambertina Galeana Marín de agilizar los trámites, por ley la resolución se debe emitir en diez días hábiles.
El abogado Leonel Rivero Rodríguez consultado tras la diligencia informó que ésta fue en las instalaciones de Ciudad Judicial, y sobre el incidente de libertad que promovió la defensa en abril de 2014, luego de la sentencia de un Tribunal Colegiado a favor de Salgado García, que le retiró el auto de formal prisión por delincuencia organizada en la modalidad de secuestro.
Es decir, la primera resolución del Tribunal Colegiado dejó el 31 de marzo de 2014 el caso como cosa juzgada en el ámbito federal, y determinó el auto de libertad de Salgado García, quien sigue en prisión acusada de lo mismo en el fuero común.
En los alegatos, informó que demostraron que Salgado García detuvo a personas en el marco de sus funciones en la estructura de la Policía Comunitaria de Olinalá, bajo el amparo de la Ley 701 de Reconocimiento, Derechos y Cultura Indígena.
Sus acciones como policía comunitaria, añadió Rivero Rodríguez, también fueron avaladas por autoridades estatales y como evidencia presentaron un documento firmado por un agente del Ministerio Público, donde se dirige a la luchadora social como coordinadora de la Policía Comunitaria de Olinalá.
Sin embargo, indicó que la jueza de Tlapa desechó el recurso de incidencia en primera instancia, argumentando que Salgado García no había sido reconocida como tal.
Pero en varios documentos integrados a los expedientes, se confirma que Salgado García es parte de la estructura de la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias (CRAC), como las cartas de las madres de las presuntas víctimas de secuestro, donde le pidieron que llevara a sus hijas a un proceso de reeducación.
Otro hecho notorio, subrayó, es que en la comunidad y en el estado se le reconoce como la “comandante” de la Policía Comunitaria.
Consideró que el juez debe valorar estos elementos para confirmar que la luchadora fue nombrada policía comunitaria, por lo tanto no puede ser acusada de secuestro, sino por detenciones.

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