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Clausura Profepa la obra de unos baños públicos en la laguna de Chautengo

*La construcción no cuenta con la autorización en materia de Impacto ambiental, informa la dependencia en su portal de internet

Redacción

Inspectores de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuraron la construcción de unos baños en las inmediaciones de la laguna en Chautengo, informó la dependencia federal casi un mes después de que efectuó la clausura, en el municipio de Florencio Villareal, en la región de Costa Chica.
La dependencia federal informó en su portal de internet, que se realizó la clausura total y de manera temporal en las obras y actividades de construcción, realizadas por un particular, en un predio sobre el delta de la laguna de Chautengo, donde se detalló que el 10 de septiembre pasado se realizó la visita de inspección.
Se informa que la construcción de los baños se realizaba sobre una superficie seis metros cuadrados, sin contar con la autorización en materia de Impacto Ambiental, que emite la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat). “Dicha construcción constaba de cimentación de una plancha de concreto armado, con varilla para edificar paredes de tabicón y concreto, formando tres secciones con WC y un lavabo cada una, con puertas de madera y triplay, y techo de loza de concreto”, indica el texto oficial.
La obra, continúa el texto, colinda al sur con el océano Pacífico, al este y el oeste con zonas de humedales y al norte con una zona de manglares y el espejo de agua que forma parte de la laguna de Chautengo.
La especie de manglar hallada por los inspectores durante la inspección fueron el mangle botoncillo (Conocarpus erectus).
Se puntualiza que el inspeccionado “cuenta con un plazo de 15 días para presentar la documentación solicitada, y en caso de no exhibir la autorización en materia de impacto ambiental emitida por la Semarnat, podrá imponerse una multa que puede ir de los 30 a los 50 mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, de conformidad con el artículo 171 fracción I de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA)”, dicha cantidad oscila entre los 2 mil 100 a los 3 millones 500 mil pesos aproximadamente.

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