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Resolverá la Corte si TV Azteca puede usar la red de Televisa

La Suprema Corte de Justicia aceptó ayer resolver un amparo con el que TV Azteca busca aprovechar la red de infraestructura pasiva de Televisa.
Se trata del cableado subterráneo y aéreo, canalizaciones, construcciones, ductos, obras, postes, sistemas de suministro y respaldo de energía eléctrica, sistemas de climatización, sitios, torres y demás aditamentos necesarios para la instalación y operación de las redes.
A propuesta de la ministra Olga Sánchez Cordero, la Primera Sala de la Corte reasumió su competencia originaria para dictar el fallo definitivo en el juicio, lo que probablemente ocurrirá hasta 2016.
Según TV Azteca, las nuevas reglas, contenidas en los artículo 266 y 45 transitorio de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, violan derechos constitucionales de no discriminación, acceso a la información, y libre concurrencia y competencia económicas.
El Artículo 266 señala que la empresa preponderante en radiodifusión, en este caso Televisa, “tendrá que permitir a los concesionarios el acceso y uso de su infraestructura pasiva bajo cualquier título legal, sobre bases no discriminatorias y sin sujetarlo a la adquisición de otros bienes y servicios”.
Sin embargo, esta situación no aplica para concesionarios que ya cuentan con 12 megahertz o más de espectro radioeléctrico en la localidad de que se trate, que es el caso de las concesiones de TV Azteca, pero sí beneficia a los ganadores de las nuevas cadenas nacionales de televisión digital abierta, sin importar que superen ese tope, como Cadena Tres.
La Corte explico que el análisis del recurso de revisión de TV Azteca implica, por una parte, determinar si el precepto impugnado produce un trato diferenciado y, de resultar positivo tal estudio, si es proporcional, justificado o razonable.
“Asimismo, si dicho trato se produce por la sola entrada en vigor de la norma o si se requiere de un acto de aplicación para que se pudiera dar el supuesto normativo y, por otra, si el contenido de la norma reclamada, así como su objeto y fines, son acordes con los principios de libre competencia”, agregaron los Ministros.
Si se resuelve que la ley requiere acto de aplicación del Instituto Federal de Telecomunicaciones para causar perjuicio a TV Azteca, el amparo será desechado.
La reasunción de competencia sobre el caso fue solicitada en abril pasado por la empresa de Ricardo Salinas Pliego, y básicamente significa que la Corte se adelantó para hacerse cargo de un amparo que de todos modos hubiera tenido que resolver. (Agencia Reforma / Ciudad de México).

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