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Plurinominales: el PAN se basa en la Constitución y el PRD en la ley electoral

Daniel Velázquez

En la disputa por los espacios plurinominales del Congreso local, el PAN y el PRD tienen entre sus argumentos de defensa lo que establece la Constitución Política del estado y la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales.
El reparto hecho por el Instituto Electoral del Estado de Guerrero (IEEG) de los espacios de diputados plurinominales, el pasado domingo, derivó en una serie de inconformidades de los partidos políticos como el PAN que acusaron a los consejeros de haber privilegiado al PRD porque son afines a ese partido.
De acuerdo con el reparto hecho por el IEEG, cinco son para el PRD, cinco del PRI, dos del PAN, dos del PVEM, dos de Movimiento Ciudadano y uno del Panal.
El aspirante a diputado local plurinominal, Jorge Camacho Peñaloza insistió en que, de acuerdo con la Constitución política del estado, ningún partido podrá tener más del 50 por ciento de los diputados que integran el Congreso local.
El Legislativo está formado por 28 diputados de mayoría relativa correspondientes a los 28 distritos locales y 18 de representación proporcional que en total suman 46. En ese entendido, de acuerdo con el análisis hecho por el PAN al PRD sólo le corresponden 23 espacios en el Congreso local, incluyendo los de mayoría relativa y de representación proporcional.
Indicó que de acuerdo con el análisis de los abogados del PAN, al PRD no le corresponde ninguna diputación plurinominal porque el artículo 37 bis de la Constitución Política del estado establece una cláusula de sobrerrepresentación, y con los diputados que ganó el PRD por la vía uninominal, ya estaría representado en el Congreso.
Agregó que eso es lo que establece la Constitución y no está sujeto a interpretaciones, por lo que se debe aplicar.
En tanto el diputado plurinominal local electo del PRD, Víctor Aguirre Alcaide, no se basa en la Constitución, sino en la ley electoral que establece que un partido no puede tener más de 28 diputados y el PRD como partido tiene 20 y como coalición suma 22 por lo que “entran perfectamente cinco” plurinominales para su partido.
Aguirre Alcaide dijo que su partido no tiene sobrerrepresentación en el Congreso local, porque para estar sobre representados debieron haber ganado 24 distritos y si les hubieran dado los cinco espacios plurinominales tendrían más de los 28 diputados.
“No hay sobrerrepresentación porque fueron ganados en diferentes formas (mayoría relativa y proporcional), la ley lo dice claro ningún partido tendrá más de 28 diputados por ambos métodos”, dijo.
Sobre el argumento del PAN de que el artículo 37 bis de la Constitución Política del estado establece que un partido no puede tener más de 23 diputados, Aguirre Alcaide dijo que “son apreciaciones erróneas”.
Argumentó que la Ley 571 de Instituciones y Procedimiento Electorales del estado establece en el artículo 13 la integración del Congreso, y señala que ningún partido podrá tener más de 28 diputados. “Nosotros apenas tenemos 25 entre unis y pluris”, dijo.
En el artículo 16, agregó Aguirre Alcaide se especifica la fórmula de asignación y el artículo 17 establece el mecanismo mediante el cual se asignaran las diputaciones plurinominales a los diputados.

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