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Obtienen un amparo los ministeriales acusados de matar a normalistas; podrían salir de la cárcel

Rosendo Betancourt Radilla

Chilpancingo

Un juez federal de distrito otorgó un amparo a los policías ministeriales presos por el caso Ayotzinapa, Rey David Cortés Flores e Ismael Matadama Salinas, para que el juez de primera instancia revise el caso y vuelva a emitir un auto, ya sea de formal prisión o de libertad, porque no se pudo acreditar que los inculpados dispararon el 12 de diciembre.
Esta información está bajo el expediente 352/2012 en el primer juzgado de distrito, como se constató en una visita al lugar.
Los ministeriales están en el Centro de Readaptación Social (Cereso) de Chilpancingo, acusados de haber asesinado a los estudiantes de la Normal Rural de Ayotzinapa, Gabriel Echeverría de Jesús y Alexis Herrera Pino, el pasado 12 de diciembre.
Ese día, los estudiantes salieron a protestar para exigir plazas de maestros para los egresados y mejoras educativas, como la remodelación de su institución y que se les entregaran alimentos para su comedor.
Sin embargo, mientras bloqueaban la Autopista del Sol, policías ministeriales, del estado y federales abrieron fuego contra ellos, con el saldo de dos estudiantes asesinados.
Al respecto, un abogado del despacho Nogueda y Asociados, que defiende a los inculpados, explicó que el amparo es para que el juez de primera instancia vuelva a emitir una nueva resolución, ya sea que emita otra vez un auto de formal prisión o un auto de libertad, “que el despacho considera que así debería de ser”.
–¿Por qué se les debería dar auto de libertad? –se le preguntó.
–Porque la conclusión a la que llega el juez de distrito es que hay pruebas periciales en materia de química, en el sentido de que ellos no causaron disparos, está comprobado que no dispararon. Está la presunción de que no dispararon, por lo que el juez de primera instancia debe decir qué pruebas destruyen esa presunción y demuestren que sí dispararon, porque no existe en la causa penal, por eso consideramos que debe ser un auto de libertad.
En cuanto a las acusaciones en contra de los ministeriales encarcelados, recordó que se les acusa de tres delitos por sus acciones del 12 de diciembre: lesiones en agravio de Édgar David Espíritu Olmedo, quien fue lesionado con disparo de arma de fuego; y homicidio calificado y abuso de autoridad en agravio de los estudiantes asesinados a balazos ese día, Gabriel Echeverría de Jesús y Alexis Herrera Pino.
Destacó que el amparo se concede a sus clientes porque no está justificada su probable responsabilidad, “eso lo advirtió el juez federal y le está ordenando al juez de primera instancia que establezca con precisión las razones, causas y motivos por los que considera que son responsables”.
Eso, dijo, será difícil porque no hay pruebas que sustenten todo lo anterior.
–¿Podrían salir libres y en qué tiempo?
–Esta es una sentencia que se dicta por el juzgado de distrito, aún no alcanza la firmeza legal pero tiene un término de 10 días que tienen todos los que son parte, para analizar la sentencia, si transcurren esos días y nadie promueve un recurso de revisión, se consideraría una sentencia definitiva, después de eso el juez tendría que resolver el caso.
Sin embargo, agregó, en caso de que alguien promueva algún recurso de revisión, se tendrá que hacer del conocimiento de un tribunal colegiado y en eso se llevarían “varios meses, unos tres meses… hay que ver si la sentencia queda firme, con eso sería en días”.
El recurso de revisión, explicó, puede ser promovido por los defensores, el juez de primera instancia, el ministerio público federal o los terceros perjudicados que serían el lesionado o los familiares de los estudiantes asesinados.

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