Se tendrían que modificar unas 15 leyes si aprueba el Senado el ACTA: expertos
Dayna Meré / Agencia Reforma
Ciudad de México
En caso de que el Senado ratifique el controvbertido Acuerdo Co-mercial contra la Falsificación (ACTA por sus siglas en inglés), tendrán que modificarse unas 15 leyes, destacaron expertos.
El ACTA es un acuerdo multilateral voluntario que propone fijar protección y respaldo a la propiedad intelectual, con el propósito de evitar la falsificación de bienes, los medicamentos genéricos y la piratería en Internet.
Mario Ponce, socio director del despacho en Propiedad Intelectual Uhthoff Gómez Vega, dijo que esas modificaciones se requieren para que el Acuerdo tenga una aplicación sólida.
Una de las que serían cambiadas es la Ley Federal de Telecomunica-ciones, porque tiene que definir de manera correcta lo que se entiende por “ámbito digital”, como se menciona en el ACTA.
La Ley de la Propiedad Industrial también requerirá adecuaciones para añadirle procedimientos administrativos que regulen la aplicación de medidas precautorias en los procedimientos de infracción administrativa derivados de violaciones al Acuerdo.
También se deberá adecuar la legislación penal federal, para justificar el monitoreo que realicen los responsables de cuidar el respeto a los contenidos de internet y que esa actividad no se considere como una intervención injustificada en comunicaciones privadas.
“Como se sabe, ACTA busca la protección de contenidos que por su mera materialización tienen ya protección al amparo de la legislación sobre derechos de autor. Por consiguiente, la Ley Federal del Derecho de Autor requerirá enmiendas para que dentro de ámbito del derecho positivo mexicano se puedan interpretar y aplicar correctamente las disposiciones de ACTA”, mencionó Ponce.
El Código Federal de Procedimientos Civiles también tendría que modificarse, añadió, a fin de establecer interdictos que permitan a los jueces ordenar se suspenda una actividad infractora.
La legislación aduanera también debe cambiarse a fin de que las aduanas del país puedan aplicar ACTA de manera legítima.
Gilda González, directora de la Asociación Mexicana de Productores de Fonogramas y quien negoció en su momento el ACTA como funcionaria del IMPI, explicó que para que este tratado pudiera aplicarse en México, tendrían que modificarse tanto la Ley de Derechos de Autor, como la de la Propiedad Industrial.
En la Ley de Derechos de Autor, dijo, se deberá dejar de manera expresa que la comunicación pública incluye la puesta a disposición de obra, donde la explotación de la obra se considere como un lucro indirecto.
“Porque en el momento en el que le saco copias al libro de Vargas Llosa, y las quiero regalar, las tengo que pagar porque por cada copia que yo otorgo, el señor pierde la posibilidad de vender un libro, y si le saco 6 mil copias, no dejo que la obra se explote de manera natural”, detalló.
Agregó que en la Ley de la Propiedad Industrial se tendrían que adherir dos artículos, uno que establezca que se enviará vía correo electrónico las notificaciones de que hay en curso un requerimiento, en caso de que se estén compartiendo documentos públicos a través de la red, y otro que permita iniciar una infracción por este hecho.




