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La alcaldía de Tlapehuala para el PRI y la de Cualac para el PRD, ratifica el TEE

Rosendo Betancourt Radilla

Chilpancingo

El Tribunal Electoral del Estado (TEE) confirmó el triunfo del PRI en el municipio de Tlapehuala y de la coalición Guerrero nos une en el municipio de Cualac.
Los dos casos se desahogaron en la segunda sala unitaria a cargo del magistrado Jesús Villanueva Vega, que resolvió los juicios de inconformidad TEE/IISU/JIN/02/2012 y TEE/IISU/JIN/03/2012, que promovieron el PRI y el PRD, respectivamente.
Respecto de Tlapehuala se actualizó la causal de improcedencia prevista en el artículo 14, fracción I de la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral del estado, el cual señala que los medios de impugnación serán improcedentes cuando no se formulen hechos y agravios, o habiéndose señalado sólo hechos, y de ellos no se pueda deducir agravio alguno.
El magistrado declaró infundados los agravios que expusieron el PRI y el PRD, en los que solicitan la nulidad de casillas bajo el argumento de que hubo dolo o error en la computación de los votos.
Las inconsistencias detectadas no fueron determinantes para el resultado de la votación, ya que la diferencia existente entre los partidos políticos que ocuparon el primero y el segundo lugar fue superior a dicha inconsistencia.
También declaró infundados los agravios que expuso el PRD, en los que señala que el escrutinio y el cómputo de votos de cuatro casillas se efectuaron en lugares distintos, pero el magistrado dijo que se confirmó que el escrutinio y el cómputo se efectuaron en el lugar autorizado por la autoridad electoral y que las actas fueron llenadas de manera incompleta por el funcionario electoral encargado.
Así sustentó su decisión para confirmar los resultados de la votación y la validez de la elección de ayuntamiento del municipio de Tlapehuala, así como la constancia de mayoría que el Consejo Distrital 18 con cabecera en Ciudad Altamirano entregó al priísta Everaldo Wences Santamaría.
En cuanto al municipio de Cualac, confirmó la validez de la elección y el otorgamiento de la constancia de mayoría y validez a favor de Leopoldo Sánchez Morales, quien fue postulado por la coalición Guerrero nos Une.
En este juicio con clave TEE/IISU/JIN/04/2012, cuyo proyecto de sentencia fue presentado por el juez instructor Fredy Carpio Gallardo, el PRI planteó como agravios la inelegibilidad del candidato electo a presidente municipal, la ilegalidad del recuento total de votos realizado por el Consejo Distrital 27 con sede en Tlapa; la recepción de la votación en fecha distinta en la casilla 1035 básica; error en el escrutinio y cómputo de votos en la casilla 1034 básica; y haberse impedido el ejercicio del sufragio en la casilla 1032 básica.
El TEE declaró infundado el primer agravio toda vez que no se demostró que Leopoldo Sánchez sea profesor de educación primaria, y mucho menos que por ello tenía que separarse del cargo 60 días antes de la elección.
También declaró infundado el segundo agravio, en virtud de que sí hubo la petición de recuento total de votos antes del inicio de la sesión de cómputo, y que la diferencia existente entre el primero y el segundo lugar fue menor al medio punto porcentual que prevé el artículo 312 de la Ley Sustantiva Electoral.

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