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Decreta el Tribunal electoral que hubo equidad y legalidad en el proceso electoral

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que en la pasada elección presidencial fueron respetados los principios de equidad, certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad.

En la sesión en la que se validó la elección presidencial y se otorgó la constancia de mayoría a Enrique Peña Nieto, para declararlo presidente electo, los magistrados establecieron, además, que no se acreditaron las irregularidades alegadas por la coalición Movimiento Progresista, que demandaba anular la elección.

“Es válida la elección de presidente. El ciudadano Enrique Peña Nieto es presidente electo del periodo del 1 de diciembre de 2012  al 30 de noviembre de 2018”, declaró el presidente Alejandro Luna Ramos en sesión pública de la Sala Superior.

En su resolutivo, el Tribunal realizó el cómputo final de la elección que otorga a Enrique Peña Nieto una diferencia a favor de 3 millones 309 mil 765 votos por arriba de los obtenidos por Andrés Manuel López Obrador.

Mientras que el candidato del Movimiento Progresista obtuvo 3 millones 116 mil 197 votos más que la panista Josefina Vázquez Mota, quien quedó en el tercer lugar.

“La elección de presidente de los Estados Unidos Mexicanos se ajustó a los principios constitucionales en materia electoral”, afirmaron en el dictamen que prepararon los magistrados Constancio Carrasco Daza, Flavio Galván Rivera y Salvador Olimpo Nava Gomar y que fue votado por unanimidad.

El dictamen registró los planteamientos que presentó la coalición Movimiento Progresista para solicitar la nulidad de la elección presidencial.

“Adquisición encubierta de espacios propagandísticos en radio, televisión y medios impresos; uso indebido de encuestas como propaganda electoral, financiamiento encubierto por conducto de Banco Monex y otros; distribución de tarjetas Soriana para la compra y coacción del voto; gastos excesivos de campaña y aportaciones de empresas de carácter mercantil.

“También indebida intervención de funcionarios públicos, federales y estatales en el proceso electoral; compra y coacción del voto antes, durante y después de la jornada electoral; así como irregularidades acontecidas durante los cómputos distritales”, establece el documento.

Esos alegatos contenidos en el juicio de inconformidad 359 fueron desestimados y, por el contrario, se estableció que prevalecieron los principios de elecciones libres y auténticas.

Además, el órgano jurisdiccional resolvió que Enrique Peña Nieto cumple con los requisitos que el Artículo 82 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece para ocupar el cargo de Presidente y que no había ningún impedimento para que asuma el cargo.

En su intervención, el magistrado presidente Alejandro Luna Ramos destacó que las resoluciones del Tribunal no cumplen otro propósito que la aplicación de los principios constitucionales para validar con ello el triunfo de quien obtuvo más votos de la ciudadanía.

Destaco que este camino no es otro que el señalado por nuestras instituciones y quienes lo han recorrido son todos: la ciudadanía con su compromiso activo, los partidos políticos, el IFE y el Tribunal.

“La calificación de los comicios no es más un acto político, sino estrictamente jurídico, esta resolución se basa exclusivamente en la Constitución o en la Ley, esta experiencia me hace tomar con optimismo el momento que nuestra nación atraviesa”, añadió Luna Ramos. (Leslie Gómez y Mariel Ibarra / Agencia Reforma / Ciudad de México).

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