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Advierten fallas en ley ambiental; debe prevenir, no castigar, dice especialista

Staff / Agencia Reforma

Ciudad de México

En el país hace falta definir claramente los criterios para determinar el nivel de afectación de los recursos naturales cuando se autoriza una obra, advirtió Miguel Ángel Cancino Aguilar, especialista en derecho ambiental.
“Nos falta tener criterios que nos permitan identificar cuándo una obra o actividad debe ser permitida. Al emitir una autorización en cualquier materia tenemos que tener presentes estos referentes que nos da la ciencia”, señaló durante su participación en el seminario Retos y experiencias en la procuración de justicia a 20 años de la creación de la Profepa en la UNAM.
“A mí me da mucha preocupación escuchar a nuestros científicos decir que la noción de capacidad de carga e integridad funcional (referentes básicos para medir el impacto ambiental por alguna obra), metodológicamente tienen muchos problemas y ese es el referente que tiene la ley para autorizar el impacto ambiental”, explicó.
Cancino resaltó que generar indicadores con criterios claros también permitiría medir objetivamente el trabajo de los organismos encargados de garantizar el derecho a un ambiente sano estipulado en la Constitución.
“No hemos sido capaces de generar esos criterios que son la base para generar instrumentos de política ambiental, para proteger y aprovechar la biodiversidad, es decir, el capital natural y para prevenir y controlar la contaminación ambiental”, dijo.
Por otra parte, Cancino Aguilar explicó que se requiere apostar en la ley ambiental en el enfoque preventivo más que en el punitivo.
“Los sistemas de responsabilidad tendrían que reorientarse hacia estos objetivos, inhibir conductas que puedan generar daños a través de la imposición efectiva de sanciones. Acatar la Ley pero caminando hacia la sustentabilidad”, planteó.
Consideró  que una vez efectuado el daño, se debe buscar lo que llamó balance punitivo-correctivo, es decir, sancionar a los responsables pero además poner especial atención en el resarcimiento de los daños.
En este sentido, explicó, debemos primero restaurar, restablecer las condiciones de los recursos naturales afectados, en segundo lugar compensar, generando un efecto positivo alternativo y equivalente a los efectos adversos en el ambiente y los ecosistemas y, por último, indemnizar para fines ambientales destinando recursos de fondos especiales.

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