Periódico con noticias de Acapulco y Guerrero

Octavio Klimek Alcaraz

Principio 10 y reserva de la biosfera de Wirikuta

Existen dos informaciones que van en cierta forma relacionadas al debate ambiental en México.
1) El pasado 7 de noviembre, los delegados de los países signatarios de la Declaración sobre la aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, del que México forma parte, finalizaron en la sede de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) de las Naciones Unidas en Santiago, Chile, una reunión en la que acordaron una hoja de ruta para su cabal implementación a nivel regional (http://www.eclac.cl/prensa/noticias/comunicados/1/48311/2012-854-Rio+20_Hoja_de_ruta_.pdf.).
El principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de 1992, de manera sintética expresa, que toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre asuntos ambientales, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones y tener acceso efectivo a procedimientos judiciales y administrativos.
De manera textual el citado principio 10 establece: “El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población poniendo la información a disposición de todos. Deberá proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre éstos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes.”
Con el acuerdo de la Hoja de ruta anterior se propone encontrar un camino regional para la aplicación del principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, esto fue impulsada en Río+20 por los gobiernos de Chile, Costa Rica, República Dominicana, Ecuador, Jamaica, México, Panamá, Paraguay, Perú y Uruguay, así como ahora Brasil. En ella los países signatarios han manifestado su voluntad de iniciar un proceso para explorar la viabilidad de contar con un instrumento abierto a todos los países de la región y con la significativa participación de toda la ciudadanía interesada.
Por su importancia, me permito citar de manera textual el punto 4 del documento de la Hoja de ruta de manera textual, que aborda de manera puntual la elaboración de un plan de acción:“Convenimos que, para implementar la presente hoja de ruta, se elaborará un plan de acción que presentará la mesa elegida por los países signatarios y que contará con el apoyo de la CEPAL como secretaría técnica, además del eventual asesoramiento de expertos reconocidos en la materia, a solicitud de la mesa. Este plan se someterá a aprobación durante el primer cuatrimestre de 2013 y contemplará:
a) la calendarización de encuentros de los puntos focales, que se reunirán a lo menos una vez al año, sin perjuicio de celebrar reuniones y crear subgrupos que se estimen pertinentes en razón de los objetivos generales acordados en esta hoja de ruta;
b) la consideración de las propuestas y recomendaciones emanadas de los procesos de consulta nacional, incluidos los llevados a cabo por los organismos de las Naciones Unidas, en función de los acuerdos alcanzados en Río+20, para contribuir a los objetivos de desarrollo más allá de 2015;
c) la elaboración de informe sobre la situación de los derechos de acceso del Principio 10 en los países signatarios y la identificación de sus necesidades de asistencia técnica y creación de capacidades, sobre la base de información aportada por los países y en consulta con estos y de las contribuciones de las organizaciones de la sociedad civil;
d) la elaboración de un informe en el que se compilen prácticas en materia de derechos de acceso del Principio 10 nacionales e internacionales que incluya un examen de las formas y experiencias de participación ciudadana de la sociedad civil;
e) la realización de un proceso de consulta, coordinado por la mesa y bajo modalidades a acordar por los países signatarios, con el objetivo de definir la naturaleza y contenidos del instrumento regional.”
El asunto práctico es que la ciudadanía tendrá con este instrumento un apoyo fundamental para discutir más abiertamente la agenda ambiental que México requiere.
2) Al respecto, quisiera vincular a este significativo avance al tema abierto a la consulta pública del “estudio realizado para justificar la expedición del decreto por el que se pretende declarar como área natural protegida con el carácter de reserva de la biosfera, la zona conocida como Wirikuta, con una superficie de 191 mil 504.363958 hectáreas, localizada en los municipios de Catorce, Cedral, Charcas, Matehuala, Vanegas, Villa de Guadalupe y Villa de la Paz, en el Estado de San Luis Potosí.” (Diario Oficial de la federación del 15 de octubre de 2012).
Los antecedentes de Wirikuta están publicados en un artículo del 9 de junio de 2012 en este diario, así como el Estudio Previo Justificativo para el Establecimiento de la reserva de la Biosfera puede ser localizado en la página electrónica  http://www.conanp.gob.mx/acciones/consulta/ Por cierto este Estudio previo justificativo fue realizado por la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, una entidad pública de reconocido prestigio.
Aquí lo interesante es que quienes observan con sentido crítico, pero finalmente “ven con buenos ojos” la creación de la citada reserva de la biosfera son quienes han impulsado la lucha por los derechos del pueblo wixárika, que son el Consejo Regional Wixárika por la Defensa de Wirikuta (CRW) y el Frente en Defensa de Wirikuta (FDW).
Lo anterior se señala en un amplio boletín de este viernes 9 de noviembre publicado en Cencos, y ampliamente divulgado en diarios de circulación nacional (http://cencos.org/node/30232).
La principal exigencia de los representantes del pueblo wixárika es que el decreto de la reserva de la biosfera respete y proteja el patrimonio biocultural de Wirikuta, así como la participación efectiva de las comunidades del pueblo Wixárika en todas y cada una de las etapas de implementación, investigación y manejo del área natural protegida y por supuesto la absoluta prohibición de la actividad minera en la reserva de la biosfera. Están abiertos a la discusión y al diálogo, son tolerantes, y de entrada no descalifican la creación del área natural protegida.
Por ello, también quisiera presentar de manera textual los 10 puntos que se expresan en el referido boletín:
“1. Reconocemos y nos congratulamos con las medidas adoptadas por el gobierno federal, particularmente en lo referente al proyecto de decreto dado a conocer por la Cofemer. Sin embargo, estamos convencidos de que el decreto de reserva debe fundamentarse en los derechos humanos reconocidos por la legislación nacional e internacional, y específicamente en aquellos que reconocen las particularidades de las poblaciones de origen indígena, pues sólo de esta manera estará garantizado que la palabra colectiva de nuestro pueblo y de los habitantes de la zona, serán tomadas en cuenta en sus justas dimensiones para las decisiones de manejo en el área.
2. Rechazamos de manera tajante la existencia de zonas de amortiguamiento de aprovechamiento especial que permitan las actividades minero metalúrgicas en el territorio vivo de Wirikuta, pretensión explícita del Estudio técnico justificativo, pues la aptitud de estas tierras no es la explotación sino el mantenimiento de los equilibrios de la vida. Al respecto señalamos que rechazaremos cualquier decreto que signifiquen medidas regresivas en este tema respecto del proyecto presentado a la Cofemer, pues se trataría de una traición a nuestro pueblo y a la nación entera.
3. La implementación de una reserva biocultural, deberá tomar en cuenta las necesidades de la población de zona, ofreciendo soporte a su desarrollo y bienestar desde la óptica de la sustentabilidad del hábitat valioso que es Wirikuta, cuidando a las generaciones futuras. En este sentido la implementación de la reserva deberá llevarse en un proceso paulatino de adopción de formas de producción sustentables tuteladas y garantizadas por el Estado hasta llegar a la regeneración y preservación completa del hábitat con un nivel de vida digno para sus habitantes y con pleno respeto al patrimonio cultural de nuestro pueblo.
4. En este sentido, no será aceptable que el gobierno ceda a las presiones de los poderes económicos y políticos, que han desatado una campaña de terror entre los ejidatarios y comuneros de la zona, diciéndoles que por culpa nuestra perderán sus tierras y que ya no se les permitirá ningún trabajo, esta campaña ha estado impulsada por políticos locales encabezados por funcionarios de First Majestic Silver Corp. y su filial Minera Real Bonanza, esto es muy peligroso y cualquier incidente que ocurra contra nosotros por estas acciones señalamos desde ahora, que se deberá a estas acciones ilegales que azuzan a la violencia.
Hemos visto también como la Cámara de la Industria Minera ha pagado inserciones en periódicos defendiendo un supuesto desarrollo de los habitantes, cuando lo que ofrecen es la destrucción de los ecosistemas y del futuro de sus habitantes, el gobierno federal sabe esto, sus instituciones especializadas como la Conanp y los principales científicos del país lo señalan con claridad, sería de la mayor incoherencia que se llegará a plantear una reserva de la biósfera en Wirikuta con permiso a la minería. El gobierno debe sostenerse.
5. Exigimos que sean reconocidas las áreas núcleo de Tatei Matiniere y T+i Maye’uu que sí se reconocen en el decreto estatal pero son excluidas del decreto federal, así como la creación de corredores de protección a lo largo de toda la ruta de peregrinación.
6. Exigimos como base fundamental del decreto de reserva biocultural de la biosfera que se garantice el libre tránsito y calendarios de las peregrinaciones Wixaritari en la totalidad del ANP, la recolección en base a criterios tradicionales de nuestras plantas sagradas como el híkuri, Uuxa, plumas de aves, etc., ya que nuestro pueblo ha hecho un aprovechamiento constante y sustentable durante miles de años de estos elementos vivos que mantienen una comunicación permanente con nuestro pueblo.
7. Exigimos la participación efectiva de las comunidades del pueblo wixárika en todas y cada una de las etapas de implementación, investigación y manejo del ANP
8. Hacemos un llamado a los pueblos indígenas del país, a la sociedad civil organizada y en resistencia, a los estudiantes conscientes y solidarios, a la comunidad científica, artística y cultural a permanecer atentos a las movilizaciones, campañas y acciones urgentes a nivel nacional e internacional propuestas por el Frente en Defensa de Wirikuta Tamatsima Wahaa.
9. El pueblo wixárika exigimos que no se nos traicione decretando un área natural protegida permisiva de las actividades mineras, pues recordamos, lo que está en juego no es pequeño, la destrucción de Wirikuta es nuestra muerte espiritual y la destrucción de los equilibrios del universo.
10. Nos reservamos todos nuestros derechos hasta que veamos el decreto que decida emitir finalmente el gobierno federal.”
Aquí lo interesante es el señalamiento de que quienes se oponen de manera contundente a la creación de la reserva de la biosfera de Wirikuta son las empresas mineras, como lo señalan en el punto 4 del boletín. De hecho han estado movilizando a la gente en el Municipio de Real Catorce para presionar a que no se realice la declaratoria de área natural protegida.
Más allá, de que con la creación de la reserva de la biosfera se prohibiría de manera clara la exploración y explotación minera en la mayor parte del área, Es interesante observa que la discusión se da en torno a la creación de la zona de amortiguamiento de aprovechamiento especial, que puede ser claramente discutido en sus alcances conforme a la legislación vigente, dado los antecedentes históricos de la minería en el Wirikuta. Pero finalmente los pueblos indígenas no objetan la creación de un proceso de creación de área natural protegida, quienes lo objetan son las empresas mineras.
En mi opinión aquellos interesados en el debate de la creación de áreas naturales protegidas en Guerrero deben seguir este proceso de consulta y observar sus resultados. En especial, observar quiénes son los beneficiarios reales de la creación de la reserva de la biosfera de Wirikuta: los pobladores del área o las empresas mineras.

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