Periódico con noticias de Acapulco y Guerrero

Marcial Rodríguez Saldaña

Estado de derecho y
legítima defensa

La reacción de los ciudadanos para protegerse a sí mismos de la delincuencia ha tomado por sorpresa a todos los niveles de gobierno; la realidad social y política que se vive en la segunda década del siglo XXI  ha rebasado por completo a las tradiciones, formaciones y prácticas políticas que se forjaron en el régimen autoritario del pasado, que todavía tiene exponentes y defensores en diversas instancias gubernamentales.
1.- La organización de los ciudadanos para autodefenderse ante la intolerante inseguridad para sus personas y familias, es el reflejo evidente de la ausencia de las instituciones del Estado que tienen como primerísima responsabilidad a la que les obligan las leyes del país y del estado que es la de otorgar seguridad a sus representados, para que estos vivan en un ambiente de paz, armonía, estabilidad, tranquilidad y seguridad.
2.- En los años recientes, no se había observado en Guerrero un fenómeno de esta naturaleza, es hasta que la inseguridad que atenta contra los mínimos estándares de una vida normal para una persona y sus familias, cuando ante la falta de protección de las instituciones públicas encargadas de brindar seguridad a los pobladores del estado, que surgen los levantamientos populares como una respuesta desesperada de mujeres y hombres para proteger su vida, su libertad, su patrimonio y su seguridad.
3.- Se trata de una legítima defensa colectiva. En el Estado de derecho, que proclaman todas las sociedades modernas civilizadas, existe un principio fundamental que es la legítima defensa, este postulado proviene de textos religiosos; es la Torá de los hebreos, prescripciones del Código de Hamurabi, la Lex Talionis, la Ley de las XII tablas en la Roma antigua, o el Blutrache de los pueblos germanos, desarrollado por los teólogos y pensadores liberales que han reivindicado el derecho del pueblo de rebelarse ante la injusticia, pero también lo es de sentido común ya que ante el riesgo inminente de perder la vida, la libertad, el patrimonio y la seguridad, los ciudadanos se han organizado para proteger sus derechos fundamentales.
4.- En el Estado de derecho la legítima defensa –individual– siempre ha sido un tema polémico que los jueces interpretan y aplican a los casos concretos en un contexto de valores, principios, circunstancias que se dilucidan en el filo de la navaja, en márgenes muy pequeños de decisión. La legítima defensa colectiva se vuelve más compleja, pues se trata de multitudes y de contrastarlo con el principio de que “nadie puede hacerse justicia por su propia mano”, por ello la responsabilidad de los servidores públicos encargados de la seguridad de los ciudadanos es mayor, ya que su omisión puede provocar precisamente este fenómeno.
5.- La legítima defensa colectiva, en el caso de la autoprotección ciudadana que ocurre en Guerrero, no debería dar lugar a la comisión de actos de venganza, pero eso depende mucho de la responsabilidad de los funcionarios para actuar con oportunidad y dar seguridad a los ciudadanos que se han organizado, para revisar a profundidad las razones de estos levantamientos de tal manera que en breve se restablezca a plenitud el Estado de derecho que pasa indefectiblemente por salvaguardar los derechos más elementales de sus representados.

marcialrodriguez60
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Twitter: @marcialRS60

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