Periódico con noticias de Acapulco y Guerrero

También en el foro de Acapulco proponen limitar las atribuciones del gobernador

Daniel Velázquez

Limitar el exceso de facultades que se conceden al gobernador y frenar la propuesta de que los jueces y magistrados gocen de fuero, se planteó ayer durante un foro de consulta realizado en Acapulco sobre el proyecto de reformas a la Constitución del estado.
El abogado Napoleón Anaya Martínez planteó lo anterior y dijo que de la iniciativa se deben eliminar varios artículos que otorgan atribuciones excesivas al Ejecutivo.
Expuso que en el artículo 107 se debe eliminar el inciso 8, que concede fuero a los jueces y magistrados, y del artículo 124 el inciso 2 que otorga fuero a los órganos autónomos.
Asimismo, el especialista propuso eliminar el inciso 2 del artículo 139, que dice que los integrantes del Tribunal Electoral se elegirán a propuesta del gobernador, y del artículo 148 eliminar la posibilidad de que éste envíe una terna para designar al procurador, porque si depende del gobernador “se hace imposible castigar a un presidente o a un gobernador y este criterio es aplicable al actuar de otros órganos de gobierno, por eso vemos tantos problemas de probidad”, dijo. Agregó que la Procuraduría debe depender solamente del Legislativo.
Asistieron unas 200 personas y participaron con ponencias unas 20; todas abordaron diferentes temas pero coincidieron en que la nueva Constitución debe establecer limitaciones al poder de los gobernantes y medidas para que sean sancionados.
El secretario general del Mo-vimiento Regeneración Nacional (Morena), Rubén Cayetano Gar-cía, dijo que la revocación de mandato debe incluirse, porque si la soberanía reside en el pueblo y éste tiene la facultad de elegir a sus gobernantes, entonces se les debe dar el poder para hacerlos responsables de sus obligaciones.
Y dijo que “la revocación estimula a los gobernantes a ser más responsables con sus electores, estimula a los votantes a jugar un rol de supervisión más activo”.
“El pueblo debe tener el derecho de revocar un mandato cuando la mala actuación de sus representantes así lo amerite, de lo contrario los ciudadanos quedan sujetos a los arbitrios y designios de un regidor, síndico, presidente municipal, diputado local o un gobernador”, agregó.
Cayetano García dijo que la propuesta presentada por el Ejecutivo sólo hace mención “de pasadita” de la revocación de mandato y plantea que sólo los ediles estarían sujetos a la revocación de mandato, pero como el texto es insuficiente no explica cómo sería ese procedimiento.
El diputado federal Sebastián de la Rosa Peláez dijo por su parte que el Congreso no debe perder su capacidad de nombrar a los funcionarios del Tribunal Electoral y del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública, porque “sería regresivo” que el Ejecutivo tuviera esa facultad.
Dijo que el Congreso debe tener la facultad de nombramiento y “promover procesos de convocatoria pública y evaluación profesional, dictaminados y votados por las dos terceras partes de los integrantes del Congreso del Estado, para aspirar a los cargos de magistrados de los tribunales Superior de Justicia, Electoral, y de lo Contencioso Administrativo, procurador general de justicia, presidente de la comisión de defensa de derechos humanos y consejeros electorales y del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública”.
Otra de sus propuestas fue que el Congreso tenga facultades para emitir “sanciones” contra funcionarios, derivado del análisis de la glosa del informe anual de actividades del gobierno del estado, del informe anual del Tribunal Superior de Justicia, de organismos autónomos y funcionarios del estado y de los ayuntamientos.
Otra de sus propuestas fue ampliar la suspensión o revocación de mandato contra autoridades municipales y el propio gobernador y que el Consejo de la Judicatura tenga facultades de vigilancia y profesionalización  que incluyan al Tribunal Superior de Justicia.
A su vez, Efraín Flores Maldonado propuso que la Constitución, así como establece las atribuciones del gobernador, también debe incluir un artículo “que diga lo que el gobernador no puede hacer y no debe hacer”, el cual debe nutrirse con la opinión de los ciudadanos, expertos, abogados y diputados.
Dijo que no se le deben “dejar las manos libres al gobernador para que haga con el dinero público lo que se le ocurra”.
El presidente del Colegio de Abogados del estado, Victoriano Sánchez Carbajal, propuso que en el texto constitucional que se propone se incluya la figura del Consejo Ciudadano para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, que se incorpore un capítulo sobre transparencia y que se considere la integración de abogados en el Consejo de la Judicatura.
José Oliver Larumbe Trujillo, de la asociación Ciudadanos Solidarios para el Desarrollo, cuestionó que los derechos que reconoce la propuesta de Constitución establecen que estarían sujetos a la capacidad financiera del gobierno, lo cual dijo que no puede ser, porque los derechos humanos no pueden estar limitados a esa condicionante.
También cuestionó la cantidad de artículos que se incluyen en la propuesta, que son 205, mientras que la Constitución de Francia sólo tiene 89.
En nombre de las personas con discapacidad, Salvador Zacarías Flores pidió que la Constitución establezca derechos para las personas con discapacidad que contribuyan a su libertad de movimiento, porque la discapacidad de una persona aumenta entre más obstáculos tenga, “cuando no hay obstáculos las personas con discapacidad pueden ser empresarios, consumidores y contribuyentes”.

Modificaciones en artículos

En su intervención, el profesor de la Universidad Loyola, Eliel Garay Mayrén, que dijo hablar en representación del rector Enrique Pasta Muñuzuri, propuso la modificación de cuatro artículos; se extendió en el artículo 5 fracción sexta, que se refiere a los derechos humanos, en particular a las cuestiones religiosas.
Planteó que esa fracción debería establecer que “el derecho para profesar la creencia religiosa que más le agrade y para practicar ceremonias, devociones, rituales o actos del culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penada por la ley. Las personas que pertenezcan  o no a determinada asociación religiosa no podrán ser obligadas a participar en actividades, festividades, faenas, cooperaciones rituales u otra actividad análoga. No tendrá ninguna validez jurídica el castigo o la sanción que se le imponga a las personas que no deseen participar directa o indirectamente en actividades de tipo religioso o eclesiástico”.
Dijo que debe fijarse “de manera clara y precisa” el derecho humano de la libertad de cultos y apegarse al principio histórico de separación Estado-Iglesia.
En representación de la Red para el Avance Político de las Mujeres, Araceli Muriel Salinas propuso la modificación de cuatro artículos para promover “acciones afirmativas” a favor del avance político de las mujeres, para que estén representadas en cargos de elección popular y en los organismos electorales.
Kenia Inés Hernández Montalbán propuso que la Constitución plantee la transparencia como principio obligado para las autoridades estatales y municipales, para que puedan modificar leyes secundarias y se establezcan sanciones administrativas, pecuniarias y penales contra quienes no cumplan ese principio.
En el foro se hicieron críticas hacia algunos diputados por llegar tarde. Empezó sólo con la presencia de la diputada Abelina López Rodríguez y minutos después se incorporaron los diputados locales Evencio Romero y Germán Farías.

468 ad