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Quitan diputados fuero a legisladores y servidores públicos, no al Presidente

Agencias Proceso y Reforma

Ciudad de México

Con 376 votos a favor, 56 en contra y cinco abstenciones, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó este martes en lo general y en lo particular el proyecto de reforma para eliminar el fuero constitucional a legisladores y servidores públicos, pero no al Ejecutivo federal.
Después de la discusión en lo particular, el presidente de la Mesa Directiva, Francisco Arroyo Vieyra, devolvió al Senado el dictamen aprobado, después de que los diputados modificaron el artículo 111 que establecía: “Por lo que toca al presidente de la República, sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110 de la Constitución, y en este supuesto la Cámara de Senadores resolverá con base en la legislación penal aplicable”.
Con lo anterior, se eliminó la posibilidad de que el Ejecutivo federal sea sometido a juicio penal, es decir, que pierda su fuero.
En su argumentación a favor del dictamen, el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Julio César Moreno Rivera, se montó en la propuesta que, en 2007, hizo el PRD para eliminar el fuero constitucional.
Señaló que el propósito “original” de esa figura, así como de la inmunidad parlamentaria, era proteger al legislador en el ejercicio de sus funciones, “sin embargo –dijo– la concentración del poder político y el autoritarismo han hecho equivalente la inmunidad con la impunidad”.
Moreno Rivera detalló que en el dictamen se propuso que los servidores públicos no sean privados de su libertad durante el ejercicio de su cargo, pero sí sometidos a proceso penal en la comisión de un delito, y que continúen en funciones hasta en tanto se dicte la sentencia condenatoria respectiva y ésta haya causado ejecutoria, atendiendo al principio de presunción de inocencia.
Posteriormente, apuntó, esta sentencia deberá hacerse del conocimiento del órgano al que pertenezca el servidor público, con la única finalidad de separar al sentenciado de su cargo, quien quedaría a disposición de la autoridad correspondiente.
En el caso de acusaciones distintas a las de tipo penal, no se aplicará la inmunidad parlamentaria.
“Con esta reforma aspiramos a que los servidores públicos  respondan ante la justicia penal y no se escuden en el desempeño de sus cargos públicos”, puntualizó Moreno Rivera.
Enseguida, el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales pidió el voto de sus compañeros, pero antes subrayó: “No debemos pasar por alto la vieja demanda social de que se modifique el sistema de inmunidad de los servidores públicos para evitar situaciones de impunidad, por lo que es imperativo votar a favor de la presente reforma, con la que estaremos transitando hacia una República constitucionalista más igualitaria, fortaleciendo los principios de igualdad y justicia entre los mexicanos”.
Igualdad en la que no se incluye al Ejecutivo federal, ya que quien ocupe dicho cargo no podrá ser sujeto a un proceso judicial.
Advierten dificultad de aplicar sanciones

A pesar de que los servidores públicos quedarán sin fuero, éstos podrán librar la prisión por varios años en caso de ser hallados culpables de algún delito.
El panista Rubén Camarillo reconoció que podrán pasar varios años antes de que un servidor público corrupto pise la cárcel con el esquema aprobado.
“¿Qué es lo que realmente representa la redacción que hoy tenemos? Que si hay una denuncia, un juicio, una demanda que se interponga en contra de alguno de ustedes o de cualquier otro que esté en este supuesto, no quiere decir que al siguiente día que les pongan una demanda los van a detener. Precisamente como está establecido en la ley, es lo contrario. No los pueden detener.
“El juez de primera instancia los declara culpables, después de eso hay instancias de apelación, luego también existe el juicio de amparo. Y para como es  la justicia en este país, yo les garantizo que cuando lleguen a la tercera instancia ya habrá pasado inclusive el término de los tres años que ustedes son diputados”, admitió Camarillo ante el pleno.
En el dictamen aprobado por los diputados, se establece una nueva figura de “inmunidad constitucional”, que protegerá a los legisladores por sus opiniones.
También fija que podrán ser sujetos a proceso penal los diputados y senadores, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los magistrados electorales, los consejeros de la Judicatura Federal, los secretarios del Gabinete, los diputados locales de la ALDF, el Jefe de Gobierno del DF, el Procurador General de la República y el Procurador de Justicia del DF, y los consejeros electorales.
Con esta reforma, se elimina el fuero y el llamado juicio de procedencia, que era la valoración política del pleno de la Cámara de Diputados sobre la posible culpabilidad del servidor público.
En una modificación de última hora, se estableció que en el tema de delitos del fuero común los diputados locales podrán solicitar que la PGR atraiga su caso, esto, con el fin de quitar motivaciones políticas a los gobernadores.

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