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Niega un Tribunal en Guatemala amnistía a Ríos Montt procesado por genocidio

DPA

Ciudad de Guatemala

El ex jefe de facto del gobierno de Guatemala (1982-83) Efraín Ríos Montt deberá permanecer en prisión domiciliaria y sujeto a una investigación penal por los delitos de genocidio contra el pueblo maya en Guatemala, resolvió ayer un juez que le denegó la amnistía solicitada.
El juez del Tribunal Primero de Mayor Riesgo, Miguel Ángel Gálvez, resolvió “sin lugar” la amnistía y la extinción de la persecución penal solicitada por el militar, de 85 años.
Gálvez fundamentó su fallo en la Ley de Reconciliación Nacional de 1996, que establece que los delitos de genocidio, torturas y desaparición forzada, no pueden gozar de amnistía.
El juez también invocó la Convención de Ginebra sobre Prevención y Sanción del Genocidio, ratificada por Guatemala en 1950. Esta norma establece la obligatoriedad de los Estados para castigar a los genocidas, incluyendo gobernantes.
Explicó que la Ley de Reconciliación Nacional sólo es aplicable a delitos políticos perpetrados en el enfrentamiento armado (1960-1996) en contra de la seguridad del Estado.
Como consecuencia del fallo, la Fiscalía deberá continuar con la investigación hasta que el tribunal que lleva el caso decida si se le inicia un juicio oral y público.
Ríos Montt había recurrido ante el tribunal a cargo del juez Gálvez apelando a la amnistía dictada por un decreto promulgado en enero de 1986 por el también ex general golpista Óscar Humberto Mejía Víctores. Dicho decreto establece que ninguna persona podrá ser procesada por los crímenes cometidos durante la guerra interna que padeció este país centroamericano.
El abogado del ex general, Francisco Palomo, argumentó ante el tribunal que su cliente no puede ser procesado por genocidio debido a que “sigue conservando hasta ayer la amnistía” que se le otorgó en 1986.
“La acción (penal) no puede seguir por estar él amnistiado”, sostuvo Palomo.
El fiscal Orlando López rechazó esa postura. Aclaró que el decreto 8-86 promulgado por Mejía Víctores, fue derogado en 1997 por el Congreso, luego de la firma de los Acuerdos de Paz que pusieron fin a la guerra, que dejó unas 250 mil víctimas, entre muertos y desaparecidos.
Un abogado que actúa como querellante en representación de una organización humanitaria, Edgar Pérez, expresó su satisfacción por el fallo del tribunal pues afirmó que la acción era “improcedente”, dado que “la amnistía no es aplicable al genocidio ni a la tortura, no se puede asesinar a alguien para conseguir un objetivo político”.

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