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Elegir sólo regidores plurinominales, propone el PVEM en el Congreso

Hugo Pacheco León

 

Chilpancingo

 

Con el argumento de que será muy costoso, el diputado coordinador de los diputados del PVEM, Arturo Alvarez Angli, presentó ayer ante el pleno del Congreso del estado una iniciativa de reforma a los artículos 97 de la Constitución Política del estado, y 14 y 192 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, para que sólo se elijan regidores por representación proporcional “como anteriormente se realizaba”.

La iniciativa del diputado del Verde, leída en tribuna en la sesión de este martes, fue turnada a la Comisión de Estudios Constitucionales y Jurídicos para su dictamen.

El diputado del PVEM, Arturo Alvarez, explicó en su exposición de motivos que en los  artículos 97 de la Constitución Política local, y 14 y 192 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales en el Estado, se prevén las bases para conformar un ayuntamiento municipal, de las que se desprende la nueva modalidad en el sentido de que los regidores que integren serán el 50 por ciento de mayoría relativa y el 50 por ciento de representación proporcional.

Y que al respecto, se puede calcular que para conformar un ayuntamiento “es inapropiada e inviable, en razón de que, si tomamos en cuenta el hecho de que actualmente existen registrados ante el Instituto Electoral del Estado siete partidos políticos y que nuestra entidad federativa está conformada por 81 municipios y que cada municipio tiene un promedio de ocho regidores, que haciendo una suma, será un promedio de 4 mil 536 regidores”.

Dijo que por ello se debe prever que durante la primera etapa del proceso electoral, es decir, de la preparación de la elección, se da inicio con los procesos de selección interna en cada uno de los partidos políticos para designar al candidato electo en la competencia interna, y “englobando lo anterior y haciendo un cálculo promedio, serian de entre 15 mil a 20 mil participantes a un solo cargo de elección popular”.

El diputado alertó que se puede deducir que para renovar los ayuntamientos, diputaciones locales y gobernador, tienen que sumarles a los candidatos para ser regidores por el principio de mayoría relativa de un ayuntamiento.

“Lo que a la postre ocasionaría un desgaste económico considerable al erario público, ya que los organismos electorales necesitarían un mayor presupuesto para hacer frente a los gastos de material, de infraestructura y capital humano, por lo que con esta fórmula se rompe con la parte medular de las reformas electorales en  la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el de proporcionar a las instancias competentes en materia electoral un mayor y eficaz control de los recursos económicos, así como la fiscalización de los mismos, utilizados en los procesos electorales”, dijo.

Además, explicó que en un futuro el Instituto Electoral “tenga que erogar un recurso económico importante para contratar personal especializado, quienes fiscalizaran a todos los precandidatos y candidatos, aunado a lo anterior, existe la gran posibilidad de que los ciudadanos al momento de hacer efectivo su derecho a votar en las urnas, éstos se confundan, por lo que generaría inconformidades entre los candidatos y obviamente los ciudadanos, situación que ocasionaría que se violentara el principio de certeza electoral, mismo que se prevé en la Constitución federal como local”.

Arturo Alvarez Angli enfatizó que el 1 de julio de 2012, “en Guerrero vivimos la jornada electoral coincidente para elegir con el voto directo al presidente de la República, senadores, diputados federales, diputados locales y ayuntamientos, en este proceso se iniciaría con la elección de los regidores de mayoría relativa; sin embargo, la anterior 59 Legislatura reformó el artículo sexto transitorio del Decreto número 559, por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Guerrero, publicado en el periódico oficial número 104, de 28 de diciembre de 2007, prorrogando las elecciones de los Regidores de Mayoría Relativa para que éstas no fueran en el 2012 sino hasta el 2015”.

En ese sentido, Arturo Alvarez Angli dijo que su propuesta de reformas, adiciones y derogación a diversas disposiciones de la Ley número 571 de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado “pretende que se considere el procedimiento para la integración de un ayuntamiento municipal contemplando a los regidores sólo por representación proporcional, como anteriormente se realizaba”.

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